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Por medio de la cual se expide la Resolución Única de Regulación del Sector Eléctrico

SECCIÓN 3

Sistema de unidades y equivalencias aplicables

ARTÍCULO 2.14.3.2.3.1. Sistema de unidades y equivalencias aplicables. Las mediciones realizadas en las plantas de cogeneración que proveen los datos para el cálculo del REE y la producción mínima de energía eléctrica y térmica deberán garantizar la exactitud y trazabilidad de las medidas. Las mediciones expresadas en sistemas de unidades diferentes al Sistema Internacional de Unidades (SI) tendrán en cuenta las equivalencias de las unidades que se establecen en este Anexo.

Los registros de Energía Primaria entregada por el combustible consumido, la producción de Energía Eléctrica de cogeneración y el Calor Útil deben ser mantenidos, reportados y expresados en kWh.

A continuación se relacionan las equivalencias de las unidades que se utilizarán en los cálculos necesarios para las pruebas y auditoría de los procesos de cogeneración. Los resultados de la aplicación de las equivalencias se aproximarán a dos (2) decimales:

1 kcal = 4,1868 kJ 1 Btu = 1,0551 kJ
1 Btu = 0,252 kcal 1 kWh = 3600 kJ
1 kWh = 3412,14 Btu 1 kWh = 859,8452 kcal
1 m3 = 35,3147 ft3 1 m3 = 264,1722 gal
1 lb = 0,4536 kg 1 kgf/cm2 =14,2233 psig
1 kgf/cm2 = 735,5615 mmHg 1 kgf/cm2 = 28,9591 inHg
1 bar = 1,0197kgf/cm2 1 Btu/lb = 0,5555 kcal/kg
°C = 0,5555 x (ºF - 32) ----

(Fuente: R CREG 047/11, ANEXO Num. 4)

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