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Por medio de la cual se expide la Resolución Única de Regulación del Sector Eléctrico

CAPÍTULO 2

Indicadores financieros

ARTÍCULO 12.8.2.2.1. ROTACIÓN CUENTAS POR COBRAR (DÍAS). Este indicador mide la gestión realizada por la Entidad Prestadora para el cobro efectivo de los servicios prestados:

(Fuente: R CREG 072/02, ANEXO 1 Num. 1.1) (Fuente: R CREG 034/04, art. 5)

ARTÍCULO 12.8.2.2.2. ROTACIÓN CUENTAS POR PAGAR (DÍAS). Este indicador mide la gestión de la Entidad Prestadora en el pago oportuno de los insumos necesarios:

(Fuente: R CREG 072/02, ANEXO 1 Num. 1.2) (Fuente: R CREG 034/04, art. 5)

ARTÍCULO 12.8.2.2.3. RAZÓN CORRIENTE (VECES). Indica el cubrimiento que tiene la Entidad Prestadora de sus obligaciones de corto plazo:

El valor del Referente para este indicador no debe ser inferior a uno (1).

(Fuente: R CREG 072/02, ANEXO 1 Num. 1.3) (Fuente: R CREG 034/04, art. 5)

ARTÍCULO 12.8.2.2.4. MARGEN OPERACIONAL (%).

EBITDA corresponde a la utilidad antes de intereses, impuestos, depreciaciones, amortizaciones y resultados no operacionales (Earning Before Interest, Taxes, Depreciation, Amortization).

El valor del Referente para este indicador no será inferior a cero (0).

Si EBITDA es negativo se considera que no se cumple con el indicador y los resultados obtenidos en estos casos no se tendrán en cuenta para el cálculo del nuevo Referente.

(Fuente: R CREG 072/02, ANEXO 1 Num. 1.4) (Fuente: R CREG 034/04, art. 5)

ARTÍCULO 12.8.2.2.5. CUBRIMIENTO DE GASTOS FINANCIEROS (VECES). Informa sobre la capacidad de generación de fondos por parte de la empresa para el pago de los gastos financieros:

El Referente para este indicador no podrá ser inferior a uno punto dos (1.2).

Si EBITDA es negativo se considera que no se cumple con el indicador y los resultados obtenidos en estos casos no se tendrán en cuenta para el cálculo del nuevo Referente.

(Fuente: R CREG 072/02, ANEXO 1 Num. 1.5) (Fuente: R CREG 034/04, art. 5)

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