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DECRETO 205 DE 1957

(septiembre 6)

Diario Oficial. No. 29516 del 19 octubre de 1957

<Esta norma no incluye análisis de vigencia>

LA JUNTA MILITAR DE GOBIERNO

Sobre seguridad del tránsito en las carreteras nacionales.

LA JUNTA MILITAR DE GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

obrando de conformidad con las disposiciones del artículo 121 de la Constitución Nacional, y

CONSIDERANDO:

que es conveniente reglamentar las construcciones en los predios colindantes con las carreteras nacionales, a fin de evitar perjuicios al tránsito y aumentar la seguridad de los usuarios de las vías,

DECRETA:

ARTÍCULO PRIMERO. Facúltase al ministro de obras públicas para que por medio de resoluciones reglamente las construcciones de establecimientos para servicio público, como restaurantes, colegios, estaciones de servicio para automotores, parques y demás obras similares que se ejecuten en los predios colindantes con la zona de las carreteras nacionales.

La reglamentación que se dicte de acuerdo con esta autorización, podrá establecer sanciones por la violación de sus disposiciones con multas hasta de mil pesos ($1.000.00) por cada infracción y el cierre provisional o definitivo de dichos establecimientos.

ARTÍCULO SEGUNDO. Este Decreto rige desde la fecha de su expedición y suspende las disposiciones que le sean contrarias.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, D.E., a 6 de septiembre de 1957.

MAYOR GENERAL GABRIEL PARIS G.,

Presidente de la Junta.

Mayor General

DEOGRACIAS FONSECA.

Contralmirante

RUBÉN PIEDRAHITA ARANGO.

Brigadier General

RAFAEL NAVAS PARDO.

Brigadier General

LUIS E ORDÓÑEZ.

El Ministro de Gobierno,

JOSÉ MARÍA VILLARREAL.

El Ministro de Relaciones Exteriores.

CARLOS SANZ DE SANTAMARÍA.

El Ministro de Justicia, Mayor General

ALFREDO DUARTE BLUM.

El Ministro de Guerra, Brigadier General

ALFONZO SAIZ MONTOYA.

El Ministro de Agricultura, encargado del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, JORGE MEJÍA SALAZAR.

El Ministro del Trabajo, encargado del Ministerio de Salud Pública,

RAIMUNDO EMILIANI ROMÁN.

El Ministro de Fomento,

JOAQUÍN VALLEJO.

El Ministro de Minas y Petróleos,

JULIO CÉSAR TURBAY AYALA.

El Ministro de Educación Nacional,

PRÓSPERO CARBONELL.

El Ministro de Comunicaciones, Mayor General

PEDRO A. MUÑOZ.

El Ministro de Obras Públicas,

TULIO OSPINA PÉREZ.

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