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ACTOS DE TRÁMITE quiz

CONCEPTO 3012389 DE 2003

(27 marzo)

SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO

Apreciado Ingeniero:

Asunto     Radicación      03012389
Trámite           113
Actuación        440
Folios              004

Apreciado Ingeniero:

Damos respuesta a su consulta radicada en esta entidad bajo el número de la Referencia, para informarle acerca de cada uno de los interrogantes formulados lo siguiente:

Primer Interrogante: Para emitir certificaciones de conformidad de instalaciones nuevas y existentes se hace necesario tener vínculos contractuales con empresas Distribuidoras y Comercializadoras de gas combustible por redes (gas natural), o por el contrario podemos obrar de manera autónoma en este propósito?

La Constitución Política de 1991 consagra la libertad económica como un derecho en cabeza de todos los ciudadanos, sometido a los límites que establezca la ley. La Corte constitucional, acogiendo los planteamientos esbozados por la doctrina, ha definido esta libertad como Ala facultad que tiene toda persona de realizar actividades de carácter económico, según sus preferencias o habilidades, con miras a crear, mantener o incrementar su patrimonio.[1]

Así mismo, se ha venido reconociendo que, la libertad económica se encuentra íntimamente vinculada a la libertad de empresa, a la libre competencia, y a la libertad que tiene el consumidor o usuario de un bien o servicio, de escoger al productor, proveedor o expendedor de los mismos.

Así las cosas, un agente económico esta en la libertad para obrar de manera independiente, si así lo quiere,  para ofrecer sus bienes o servicios sin estar atado por un vínculo contractual con otras empresas. Para el presente caso es claro que, un organismo de certificación o un organismo de inspección  puede emitir certificaciones de conformidad respecto de instalaciones de gas, sin necesidad alguna de que tenga vínculos contractuales con la Empresa de Servicios Públicos que presta el correspondiente servicio, pues además se trata de dos servicios que aunque complementarios, constituyen servicios diferentes o independientes.

Segundo Interrogante: )Podemos emitir dichas certificaciones directamente a empresas que construyan amplíen o reformen instalaciones para el suministro de gas en edificaciones residenciales y comerciales (acreditadas ante la SIC) y a clientes (usuarios) nuevos o existentes que lo soliciten?

En desarrollo de los principios constitucionales mencionados, la persona que construya, amplíe o reforme instalaciones para el suministro de gas, puede escoger libremente a los organismos de certificación o de inspección para efectos de acreditar el cumplimiento de los requisitos de la correspondiente instalación.

Lo anterior sin perjuicio de que el instalador pueda acordar con el consumidor, que sea éste quién elija a la persona que haga la inspección sobre la instalación y el organismo de certificación que ha de expedir el correspondiente certificado de conformidad. No obstante se aclara  que es responsabilidad de la empresa instaladora la obtención del certificado de conformidad.

Esta certificación de conformidad debe ser aceptada por la Empresa de Servicios Públicos que suministra el correspondiente servicio[2]. Conforme a lo anterior, un organismo de certificación o inspección, puede expedir certificados de conformidad de la instalación directamente al instalador, sin necesidad de la aquiescencia de la empresa prestadora del servicio público.

Tercer Interrogante: De acuerdo a la ley 142 de 1994 de Servicios Públicos Domiciliarios, en su artículo 9 (Derecho de los Usuarios), numeral 9.2 se establece Alos usuarios de los servicios públicos tienen derecho a la libre elección del prestador del servicio y del proveedor de los bienes necesarios para su obtención o utilización. )De acuerdo a lo anterior, esto debe cumplirse por las Distribuidoras y Comercializadoras de gas combustible (gas natural)?

En efecto, el artículo 9.2 de la ley 142 de 1994 establece que, los usuarios de los servicios públicos tienen derecho Aa la libre elección del prestador del servicio y del proveedor de los bienes necesarios para su obtención y utilización (Resaltado fuera de texto)

Con fundamento en la norma anteriormente mencionada y en desarrollo de los principios de la libertad económica y de la autonomía de la voluntad privada, el usuario tiene derecho a escoger de manera autónoma la persona que le realice la instalación para el suministro de gas, sin que esa escogencia pueda ser impuesta por el proveedor del servicio.[3]

A su vez, el instalador tiene la libertad de elegir al organismo de certificación o inspección, pudiendo facultar al consumidor para ello.   

En los anteriores términos damos respuesta a su consulta con el alcance previsto en el artículo 25 del código contencioso administrativo.

Para mayor información acerca del desarrollo de nuestras funciones puede dirigirse a nuestra página de internet www.sic.gov.co. Adicionalmente, en la pestaña de normatividad podrá servirse del índice temático de normas y conceptos.

Atentamente,

PIEDAD CONSTANZA FUENTES RODRÍGUEZ

Jefe Asesora de la Oficina Jurídica

1 Corte Constitucional, sentencia c- 624 de 1998, magistrado ponente: Alejandro Martínez Caballero

2 Decreto 2269 de 1993, artículo 28: Se reconocerán como certificados de conformidad válidos oficialmente para el cumplimiento de los reglamentos técnicos, las normas técnicas obligatorias o voluntarias, los expedidos por organismos de certificación debidamente acreditados o reconocidos

3 En efecto, el artículo 47 del decreto 2153 de 1992, establece como acuerdos contrarios a la libre competencia aquellos que: A2. Los que tengan como objeto o tengan como efecto determinar condiciones de venta o comercialización discriminatoria para con terceros y los que A7.Tengan por objeto o tengan como efecto subordinar el suministro de un producto a la aceptación de obligaciones adicionales que por su naturaleza no constituían objeto del negocio, sin perjuicio de lo establecido en otras disposiciones

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