CONCEPTO 445 DE 1996
MINISTERIO DE MINAS Y ENERGIA CREG
COMISION DE REGULACION DE ENERGIA Y GAS
Solicitante: PROCURADURIA GENERAL DE LA NACION
Fecha: 95/11/07
Tema: Pregunta la Procuraduría Segunda Delegada para la Vigilancia Administrativa, si para la fecha de octubre 30 de 1992, existía norma que permitiera a la Electrificadora de Santander, cargar en la factura, fuera del monto por consumo y moras en el pago, el cobro del 20% de que trata el artículo 731 del Código de Comercio, sobre la suma adeudada a la electrificadora la cual se representó en un cheque a favor de ésta que fue devuelto por cuenta cancelada.
Respuesta: Ofic. MMECREG - 445; 96/03/22
FACTURA DE SERVICIOS PUBLICOS/PAGO CON CHEQUE/Sanción por devolución (régimen anterior a la ley 142).
El Decreto 1842 de 1991, artículo 32, entre las causales de suspensión contiene la siguiente: Las empresas deberán proceder a suspender el servicio cuando el suscriptor y/o usuario se encuentre en cualquiera de las siguientes causales: (...) k. Cancelar facturas con cheques que no sean pagados por el banco respectivo, salvo que exista causa justificada de no pago, sin perjuicio de las acciones legales pertinentes....
Igualmente el artículo 39 del Decreto 1842 de 1991 dispuso que: "la empresa no podrá cobrar servicios no prestados, tarifas, ni conceptos diferentes a los autorizados por autoridad competente, nki podrá alterar la estructura tarifaria definida para cada servicio público domiciliario". (Ofic. MMECREG - 445; 96/03/22)
EMINAS Y ENERGIA CREG
COMISION DE REGULACION DE ENERGIA Y GAS
Solicitante: PROCURADURIA GENERAL DE LA NACION
Fecha: 95/11/07
Tema: Pregunta la Procuraduría Segunda Delegada para la Vigilancia Administrativa, si para la fecha de octubre 30 de 1992, existía norma que permitiera a la Electrificadora de Santander, cargar en la factura, fuera del monto por consumo y moras en el pago, el cobro del 20% de que trata el artículo 731 del Código de Comercio, sobre la suma adeudada a la electrificadora la cual se representó en un cheque a favor de ésta que fue devuelto por cuenta cancelada.
Respuesta: Ofic. MMECREG - 445; 96/03/22
FACTURA DE SERVICIOS PUBLICOS/PAGO CON CHEQUE/Sanción por devolución (régimen anterior a la ley 142).
El Decreto 1842 de 1991, artículo 32, entre las causales de suspensión contiene la siguiente: Las empresas deberán proceder a suspender el servicio cuando el suscriptor y/o usuario se encuentre en cualquiera de las siguientes causales: (...) k. Cancelar facturas con cheques que no sean pagados por el banco respectivo, salvo que exista causa justificada de no pago, sin perjuicio de las acciones legales pertinentes....
Igualmente el artículo 39 del Decreto 1842 de 1991 dispuso que: "la empresa no podrá cobrar servicios no prestados, tarifas, ni conceptos diferentes a los autorizados por autoridad competente, nki podrá alterar la estructura tarifaria definida para cada servicio público domiciliario". (Ofic. MMECREG - 445; 96/03/22)