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CONCEPTO 1598 DE 2003

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS

<NOTA: Concepto bajado de la Página de Internet de la CREG>

Solicitante: XXXXX
Fecha:
Radicación: CREG E – 2003 – 003968 y E – 2003 - 004377
Tema: Congestiones en el sistema eléctrico.
RESPUESTA: S – 2003 - 001598

PROBLEMA: Se solicita información relacionada con el tratamiento a las congestiones en el sistema eléctrico.-

Bogotá,

XXXXXXXXXXXXXXX


Asunto: Comunicación vía Correo Electrónico - Radicación CREG E-2003-003968 y E-2003-004377.

Estimado XXXXX:

En atención a las comunicaciones de la referencia mediante la cual solicita información relacionada con el tratamiento a las congestiones en el sistema eléctrico me permito precisar lo siguiente:

La congestión eléctrica es tratada en la regulación eléctrica colombiana como restricciones, las cuales requieren de generación de seguridad como mecanismo para suplir tanto las limitaciones en el equipamiento del SIN o para garantizar la seguridad en las Áreas Operativas, los criterios de calidad y confiabilidad, la estabilidad de tensión, la estabilidad electromecánica, los requerimientos de compensación reactiva y de regulación de frecuencia del SIN.

Los costos asociados con la Generación de Seguridad, especialmente aquella cuyo precio de oferta es superior al precio de bolsa, son remunerados bajo los conceptos de costo de reconciliación positiva y costo de reconciliación negativa.

La regulación expedida por esta Comisión que trata el tema de restricciones las puede encontrar en la página electrónica de la Comisión www.creg.gov.co y recomendamos consultar las siguientes disposiciones: Resolución CREG 062 de 2000, Resolución CREG 063 de 2000, Resolución CREG 064 de 2000, Resolución CREG 034 de 2001 y Resolución CREG 038 de 2001

Un cordial saludo,

JAIME ALBERTO BLANDÓN DÍAZ

Director Ejecutivo

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