CONCEPTO 12458 DE 2018
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS - CREG
Bogotá, D.C.,
XXXXXXXXXXXXXX
Asunto: Comunicación con radicado CREG E-2018-012458
Respetado señor XXXXX:
Hemos recibido la comunicación de la referencia mediante la cual plantea una inquietud relacionada con la vigencia de una solicitud de conexión de un potencial AGPE, así:
“… La vigencia de la aprobación de la conexión es de seis meses. Transcurrido este periodo sin que el usuario se haya conectado, por causas no imputables al prestador del servicio, el OR actualizará la información de la red con la disponibilidad liberada y el solicitante solamente podrá presentar una nueva solicitud a partir del séptimo mes siguiente al de expiración de la capacidad aprobada no utilizada…”
¿Cuánto tiempo después de vencida la solicitud de conexión aprobada, el usuario podrá presentar una nueva solicitud?
(…)
En respuesta a su consulta se informa que, un usuario que no utiliza una conexión aprobada, que estuvo dispuesta durante seis meses, deberá esperar seis meses adicionales a los primeros para poder efectuar una nueva solicitud de conexión.
El presente concepto se emite en los términos y con el alcance previsto en el artículo 28 de la ley 1755 de 2015.
Cordialmente,
MARÍA CLAUDIA ALZATE MONROY
Directora Ejecutiva (E)