BUSCAR search
ÍNDICE developer_guide
MEMORIA memory
DESARROLLOS attachment
MODIFICACIONES quiz
CONCORDANCIAS quiz
NOTIFICACIONES notifications_active
ACTOS DE TRÁMITE quiz

CONCEPTO 11439 DE 2025

(octubre 9)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS - CREG

Bogotá, D.C.,

Señor

XXXXXXX

Asunto: Autogeneración remota y productor marginal

Radicado CREG: S2025011439

Id de referencia: E2025012122

Respetado señor

A continuación, damos respuesta a la solicitud del asunto, la cual transcribimos a continuación:

(...) Me permito realizar la siguiente consulta en relación con el Decreto 1403 de 2024 y el Proyecto de Resolución CREG 701 091 de 2025, específicamente sobre el tratamiento de la energía excedentaria en esquemas de autogeneración remota.

En el caso de un usuario que cuenta con un sistema de generación que produce excedentes, y desea aplicar dichos excedentes como descuento en la factura de otra matrícula asociada, ¿cómo se clasificaría esta energía desde el punto de vista regulatorio?

Dado que inicialmente estos excedentes se consideran como créditos de energía tipo 2, quisiera saber si, al solicitar que se descuenten directamente en la factura de otra matrícula (en lugar de ser tratados como excedentes tipo 2), dicha energía pasaría a ser considerada como créditos de energía tipo 1, o si mantendría su clasificación como tipo 2 bajo este nuevo esquema de aplicación.

Agradezco de antemano su orientación sobre este punto, fundamental para la correcta estructuración técnica y comercial de proyectos de autogeneración remota. (...)

Respuesta:

Al respecto le informamos que entendemos se refiere a la actividad de autogeneración remota incluida en el Decreto 1403 de 2024. En ese sentido le informamos que actualmente el tema está en análisis y se tiene publicado el Proyecto de Resolución CREG 701 091 de 2025.

Por lo anterior, aun no existen reglas de aplicación de la constitución como autogenerador remoto, pero se esperan sean expedidas por parte de esta Comisión en este segundo semestre del año.

Cordialmente,

ANTONIO JIMENEZ RIVERA

Director Ejecutivo

×
Volver arriba