CONCEPTO 11333 DE 2018
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS - CREG
Bogotá, D.C.,
XXXXXXXXXXXXXXX
Asunto: Su comunicación 00190524
Radicado CREG E-2018-011333
Respetada señora Gerente:
Hemos recibido su comunicación de la referencia en donde nos consulta lo siguiente:
Por medio de la presente, solicitamos a la Comisión su concepto en relación con el cumplimiento del Código de Medida, Resolución CREG 038 de 2014, ante la clasificación de tipos de puntos de medición cuando el consumo o transferencia de energía por la frontera y la capacidad instalada conduzcan a la selección de tipos de puntos de medición diferentes.
En el artículo 6 se establece que el tipo de punto de medición se clasifica de acuerdo con el consumo o transferencia de energía y la capacidad instalada. Así mismo, se establece que “en el caso que el consumo o transferencia de energía por la frontera y la capacidad instalada conduzcan a la selección de tipos de puntos de medición diferentes en las fronteras nuevas o existentes, se debe tomar el tipo de punto de medición con mayores exigencias de exactitud de conformidad con lo establecido en la Tabla 2 del artículo 9.
En este caso, el de clasificarse en dos puntos de medición distintos a partir del consumo o transferencia de energía y la capacidad instalada, cuando se selecciona el de mayores exigencias de exactitud, el punto de medición resultante (el más exigente en exactitud) ¿sólo obliga a cumplir el requisito de exactitud?, o por el contrario ¿este tipo de medición será general y por ende implicará cumplir todo lo indicado en la Resolución CREG 038 de 2014 para dicho punto de medición, por ejemplo requisitos de exactitud, medidores de respaldo, entre otros?.
Respecto a su consulta, el artículo 6 de la Resolución CREG 038 de 2014 establece lo siguiente:
En el caso que el consumo o transferencia de energía por la frontera y la capacidad instalada conduzcan a la selección de tipos de puntos de medición diferentes en las fronteras nuevas o existentes, se debe tomar el tipo de punto de medición con mayores exigencias de exactitud de conformidad con lo establecido en la Tabla 2 del artículo 9 de esta resolución…
Subrayado y negrita fuera de texto
De acuerdo con lo anterior, al identificar que el consumo o transferencia de energía y la capacidad instalada conducen la selección de puntos de medición diferentes, se debe escoger el punto de medición de mayores exigencias de exactitud entre los dos y en consecuencia, se debe dar cumplimiento a todos los requisitos establecidos en la Resolución CREG 038 de 2014 para el punto de medición seleccionado.
El presente concepto se emite en los términos y con el alcance previsto en el artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
Cordialmente,
CHRISTIAN JARAMILLO HERRERA
Director Ejecutivo