CONCEPTO CREG 872 DE 2001
COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS
<NOTA: Concepto bajado de la página de internet de la CREG>
Solicitante: INTERCONEXIÓN ELÉCTRICA S.A. E.S.P. – ISA -
Fecha:
Radicación: CREG - 0706 de 2001
Tema: Agente generador y kilovatio hora despachado en la bolsa de energía.
Respuesta: MMECREG – 0872 - 01
PROBLEMA: Se solicita concepto en cuanto a las definiciones de kilovatio hora despachado en la bolsa de energía y de agente generador, conforme a la regulación vigente.-
Bogotá, D.C., 20 de marzo de 2001
MMECREG-0872
XXXXXXXXXXXXXXX
Ref.: Solicitud de concepto mediante comunicación 2560-1 radicado CREG-0706 de 2001.
Apreciado doctor:
Una vez analizada la comunicación de la referencia procedemos a dar respuesta a la misma:
Por "kilovatio hora despachado en la bolsa de energía", debe entenderse la generación realmente efectuada por cada uno de los agentes generadores, la cual se determina con base en las mediciones en las fronteras correspondientes.
Conforme a la regulación vigente por agente generador debe entenderse:
Toda persona natural o jurídica que produce energía eléctrica, que tiene por lo menos una central conectada al SIN con una capacidad efectiva total en la central superior a los 20 MW o aquellos que tienen por lo menos una central de capacidad efectiva total menor o igual a 20 MW conectada al SIN, que soliciten ser despachados centralmente.
Cogeneradores que vendan en la Bolsa de Energía, Excedentes con o sin Garantía de Potencia.
Plantas menores que vendan excedentes en la Bolsa de Energía.
Cordialmente,
CARMENZA CHAHÍN ÁLVAREZ
Director Ejecutivo