CONCEPTO 9963 DE 2017
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS - CREG
Bogotá, D.C.,
XXXXXXXXXXXXXXX
Asunto: Consulta modelo HIDENFICC V4.0.
Su comunicación con radicado CREG E-2017-009963
Respetada XXXXX:
De manera atenta, damos respuesta a la comunicación del asunto, en la cual se realiza la solicitud que transcribimos y respondemos a continuación:
BUEN DÍA, DESCARGUE DE SU PÁGINA EL ARCHIVO EN EXCEL DEL MODELO HIDENFICC V4.0, PARA CALCULAR LA ENERGÍA FIRME DE LAS CENTRALES HIDROELECTRICAS DESPACHADAS CENTRAL MENTE PARA DESARROLLAR MI TRABAJO DE GRADO TITULADO BALANCE HISTÓRICO DE LA ENERGÍA DEL RECURSO HÍDRICO Y LA ENERGÍA HIDROELÉCTRICA DESPACHADA EN COLOMBIA. PERO AL ABRIR EL ARCHIVO ME APARECE ERROR PORQUE MI COMPUTADOR ES DE 64 BITS Y NO DE 32 PARA EL CUAL ESTA HECHO EL PROGRAMA. CORREGÍ UNOS ATRIBUTOS TAL COMO ME DECÍA EN EL CUADRO DE DIALOGO, PERO AHORA APARECE OTRO ERROR QUE NO ENCUENTRA EL PROYECTO O BIBLIOTECA (ENVÍO UNO FOTO DEL ERROR QUE APARECE). Y TENGO OTRO INCONVENIENTE ES QUE EL PROGRAMA UTILIZA UN OPTIMIZADOR EN ESTE CASO VOY A DESCARGAR EL SOFTWARE GRATUITO GLPK, PERO LA VERSIÓN QUE EL MANUAL ME
DICE QUE DEBO DESCARGAR NO TIENE LA OPCIÓN PARA 64 DESCARGUE OTRA LA 4.63 NO SÉ SI HAYA INCONVENIENTE POR DESCARGAR ESA. ESTOY ATENTA A SU RESPUESTA, POR SU AYUDA Y COLABORACIÓN MUCHAS GRACIAS
En primer lugar, le informamos que de acuerdo con lo dispuesto por la Ley 142 de 1994, a la CREG, aparte de las funciones genéricas que toda Comisión de Regulación tiene, se le asignaron la regulación económica de los servicios públicos domiciliarios de energía eléctrica y gas combustible. Adicionalmente, la Ley 143 de 1994 le asignó funciones de carácter regulatorio a la CREG, de manera específica en lo concerniente a la prestación del servicio público domiciliario de energía eléctrica, y para emitir conceptos de carácter general y abstracto sobre los temas materia de su regulación.
La Comisión de Regulación de Energía y Gas tiene como función la regulación del mercado de electricidad, según lo definido en la Ley 143 de 1994. En la regulación, la generación de energía eléctrica está definida como la actividad de producir energía eléctrica, igualmente, con independencia de las fuentes que se utilicen. De acuerdo con lo anterior, cualquier clase de generación de energía eléctrica, con independencia de la fuente, se rige por las leyes 142 y 143 de 1994 y por las normas expedidas por la CREG. Estas normas no contienen tratamiento diferencial alguno para las energías alternativas.
En cuanto a su inquietud, entendemos que usted está interesada en conocer con cual sistema operativo funciona de forma correcta el modelo para calcular la ENFICC de plantas hidráulicas y con qué optimizador se debe usar.
Le informamos que usted está utilizando la versión 4.0 del modelo, la cual no es la más actualizada. La versión más actual es la 4.1 que se encuentra anexa en la Circular CREG No. 084. En esta última versión, el optimizador CPLEX es compatible con CPLEX 64 bits.
Para que funcione el CPLEX 64 bits se debe tener instalada la versión de Office de 64 bits. El modelo esta configurado con CPLEX 102.dlla para 32 bits y CPLEX125.dll para 64 bits; es decir, las versiones de CPLEX 10.2 y 12.5.
Respecto al optimizador gratuito GLPK, se debe utilizar la versión 4.10 que es compatible con 32 bits. El modelo HIDENFICC no trabaja con GLPK y un sistema operativo de 64 bits.
En resumen, en su caso para ejecutar el programa se requiere el OFFICE de 64 bits y el CPLEX 12.5.
De otro lado, el manual del usuario para usar el modelo de forma correcta sigue siendo el mismo publicado con la Circular CREG 040 de 2014 y también podrá consultar la Circular CREG No. 084 que contiene los últimos cambios en el modelo HIDENFICC.
Esperamos que esta información sea de su utilidad. Lo invitamos a consultar nuestra página web, www.creg.gov.co, en la cual podrá consultar la normatividad mencionada y sus vigencias.
El presente concepto se emite en los términos y con el alcance previsto en el artículo 28 de la Ley 1755 de 2015.
Cordialmente,
GERMÁN CASTRO FERREIRA
Director Ejecutivo