CONCEPTO 9300 DE 2013
(octubre)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS - CREG
Bogotá, D.C.,
XXXXXXXXXXXXXXX
Asunto: Su comunicación vía correo electrónico
Radicado CREG E-2013-009300
Respetada XXXXX:
En la comunicación del asunto nos formula la siguiente solicitud:
“Con fecha septiembre de 2013 fue expedida la resolución #123 “reglamento comercialización servicio gas natural”, la empresa Kronos Energy S.A. E.S.P, atiende como comercializador a un cliente único industrial no regulado. Por medio del presente correo solicitamos información para el procedimiento a seguir para el registro ante la CREG. “
Entendemos que su solicitud se refiere a la siguiente disposición de la Resolución 123 de 2013:
“Artículo 6. Aviso del inicio de actividades. El comercializador de gas natural deberá dar aviso del inicio de actividades a las siguientes autoridades:
1. (…)
2. A la Comisión de Regulación de Energía y Gas, de conformidad con el artículo 11.8 de la Ley 142 de 1994 y de acuerdo con los requisitos definidos por la CREG en el artículo 4 de la Resolución CREG 057 de 1996 o aquella que la modifique o sustituya.
3. (….)”
Al respecto le informamos que para dar cumplimiento a la disposición transcrita no hay ningún formato especial. Simplemente la empresa debe radicar el aviso de inicio de actividades en las oficinas de la CREG.
En los anteriores términos y con el alcance establecido en el artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo damos respuesta a su consulta.
Cordialmente,
GERMÁN CASTRO FERREIRA
Director Ejecutivo