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CONCEPTO 6910 DE 2018

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS - CREG

Bogotá, D.C.,

XXXXXXXXXXXXXXX

Asunto:  Consulta Resolución CREG 030 de 2018

Su comunicación con radicado: CREG E-2018-006910

Respetados señores:

De manera atenta, damos respuesta a la comunicación del asunto, en la cual se realiza la solicitud que transcribimos a continuación:

En el artículo 5 de la Resolución 030 de 2018 del Ministerio de Minas y Energía, se hace mención que un AGPE o GP que quiera conectarse al nivel de tensión 1, tienen un límite de 15% del circuito, transformador o subestación donde se requiera la conexión, de acuerdo a esto, agradezco nos aclaren en el caso que el transformador sea privado y de propiedad de los potenciales AGPE o GP, el límite del 15% se calcula sobre el siguiente punto del circuito, transformador o subestación propiedad del OR, ya que no tiene sentido colocar un límite a un transformador privado donde solo se conecta un usuario, agradecemos su atención y estaremos atentos a una pronta respuesta.

Primero debemos aclararle que la Resolución CREG 030 de 2018 aplica para autogeneradores a pequeña escala o generadores distribuidos conectados al STR (sistema de transmisión regional) o al SDL (sistema de distribución local). En la mencionada resolución, los SDL y STR son definidos así:

(…) Sistema de Distribución Local (SDL). Sistema de transporte de energía eléctrica compuesto por el conjunto de líneas y subestaciones, con sus equipos asociados, que operan a los Niveles de Tensión 3, 2 y 1 dedicados a la prestación del servicio en un Mercado de Comercialización.

Sistema de Transmisión Regional (STR). Sistema de transporte de energía eléctrica compuesto por los Activos de Conexión del OR al STN y el conjunto de líneas, equipos y subestaciones, con sus equipos asociados, que operan en el Nivel de Tensión 4. Los STR pueden estar conformados por los activos de uno o más Operadores de Red. (…)

En complemento de lo anterior, la Resolución CREG 097 de 2008 define los niveles de tensión así:

(…) Niveles de Tensión. Los sistemas de Transmisión Regional y/o Distribución Local se clasifican por niveles, en función de la tensión nominal de operación, según la siguiente definición:

Nivel 4: Sistemas con tensión nominal mayor o igual a 57,5 kV y menor a 220 kV.

Nivel 3: Sistemas con tensión nominal mayor o igual a 30 kV y menor de 57,5 kV.

Nivel 2: Sistemas con tensión nominal mayor o igual a 1 kV y menor de 30 kV.

Nivel 1: Sistemas con tensión nominal menor a 1 kV. (…)

Aclarado lo anterior y en línea con su consulta, se tienen dos casos a saber:

- Si el usuario autogenerador se conecta a la red del OR en el nivel de tensión 1, entonces le aplican los límites del artículo 5 de la Resolución CREG 030 de 2018.

- Si el usuario autogenerador se conecta a la red del OR a través de un transformador propio a una red de nivel de tensión superior al 1, entonces no le aplican los límites del artículo 5 de la Resolución CREG 030 de 2018.

Se aclara que para los casos anteriores se debe realizar un procedimiento de conexión de acuerdo a la potencia instalada, que se define en los artículos 10 y 11 de la Resolución CREG 030 de 2018.

El presente concepto se emite en los términos y con el alcance previsto en el artículo 28 de la Ley 1755 de 2015.

Cordialmente,

CHRISTIAN JARAMILLO HERRERA

Director Ejecutivo

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