CONCEPTO 6796 DE 2015
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS - CREG
Bogotá, D.C.,
XXXXXXXXXXXXXXX
Asunto: Su comunicación con radicado CREG E-2018-006796
Respetada señora XXXXX:
Hemos recibido su comunicación de la referencia en donde nos consulta lo siguiente:
POR MEDIO DE LA PRESENTE SOLICITAMOS INFORMACIÓN RESPECTO A LA INFORMACIÓN QUE SE DEBE DILIGENCIAR EN EL FORMATO 7 DEL ARCHIVO "FORMATO INFORMACIÓN SOPORTE PLAN DE INVERSIÓN" DE LA CIRCULAR CREG 029 DE 2018.
- SE COLOCAN LAS UC EJECUTADAS
- SE COLOCA EN VALOR DE LA UC EJECUTADA
- SE COLOCA EL VALOR EJECUTADO
Previo a dar respuesta a su solicitud, le informamos que de acuerdo con lo dispuesto por la Ley 142 de 1994, a la CREG, aparte de las funciones genéricas que toda Comisión de Regulación tiene, se le asignaron la regulación económica de los servicios públicos domiciliarios de energía eléctrica y gas combustible. Adicionalmente, la Ley 143 de 1994 le asignó funciones de carácter regulatorio a la CREG, de manera específica en lo concerniente a la prestación del servicio público domiciliario de energía eléctrica.
Por tal razón, es importante precisar que, en desarrollo de la función consultiva, la CREG no resuelve casos particulares o concretos, pues ello corresponde a las autoridades competentes mediante los procedimientos de rigor y, en tal virtud, tanto las preguntas como las respuestas deben darse o entenderse en forma genérica, de tal manera que puedan predicarse de cualquier asunto en circunstancias similares.
De otra parte, la función de control del cumplimiento de las Resoluciones expedidas por parte de la CREG, las leyes y demás actos administrativos a que están sujetos los prestadores de servicios públicos domiciliarios, le competen por ley a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios y a la Superintendencia de Industria y Comercio en temas de derecho de la competencia.
Al respecto le informamos que de acuerdo con el numeral 4.1.3.1.10 del Instructivo de solicitud de ingresos del OR, publicado mediante la Circular CREG 029 de 2018, la información que se debe suministrar corresponde al valor, en pesos constantes de diciembre de 2017, de las inversiones realizadas para los años 2012 a 2017 en el sistema del OR clasificadas por tipo de inversión y categorías de activos.
En los términos anteriores damos por atendida su solicitud. La presente comunicación se emite en los términos del numeral 73.24 del Artículo 73 de la Ley 142 de 1994 y con el alcance del artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo sustituido por el artículo 1 de la Ley 1755 de 2015.
Cordialmente,
CHRISTIAN JARAMILLO HERRERA
Director Ejecutivo