BUSCAR search
ÍNDICE developer_guide
MEMORIA memory
DESARROLLOS attachment
MODIFICACIONES quiz
CONCORDANCIAS quiz
NOTIFICACIONES notifications_active
ACTOS DE TRÁMITE quiz

CONCEPTO 6128 DE 2017

(Noviembre 14)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS - CREG

Bogotá, D.C.,

XXXXXXXXXXXXXXX

Asunto: Su comunicación vía correo electrónico

Radicado CREG E-2017-006128

Respetado XXXXX:

Hemos recibido su comunicación de la referencia en donde nos consulta lo siguiente:

UNO DE LOS REQUISITOS DEL CÓDIGO DE MEDIDA ES CONTAR CONBLOQUES DE BORNERAS DE PRUEBA O ELEMENTO SIMILAR QUE PERMITA SEPARAR O REMPLAZAR LOS EQUIPOS DE MEDICIÓN DE FORMA INDIVIDUAL DE LA INSTALACIÓN EN SERVICIO. ADEMÁS, EN EL ANEXO 1 SE DEFINE QUE LAS BORNERAS DEBEN PERMITIR LA INSTALACIÓN DE SELLOS.

¿ES NECESARIO CONTAR CON UNA BORNERA QUE SE PUEDA SELLAR CUANDO LA BORNERA ESTÁ DENTRO DE UN GABINETE QUE PUEDE SER SELLADO? ¿ AL SELLAR EL GABINETE SE DA CUMPLIMIENTO AL CÓDIGO DE MEDIDA SIN CONTAR CON UNA BORNERA CON TAPA Y PORTA SELLO?. CABE ACLARAR QUE ESTAS BORNERAS CUENTAN CON LA FUNCIONALIDAD DE CORTOCIRCUITAR, AISLAR Y REALIZAR PRUEBAS EN SITU COMO LO EXIGE EL CÓDIGO DE MEDIDA.

Respecto a su consulta, el literal m) del Anexo 1 de la Resolución CREG 038 de 2014 establece lo siguiente:

m) Bloques de borneras de prueba o elemento similar que permita separar o remplazar los equipos de medición de forma individual de la instalación en servicio, así como intercalar o calibrar in situ los medidores y realizar las pruebas y mantenimientos a los demás elementos del sistema de medición. Estos equipos pueden estar integrados o no, al medidor y deben permitir la instalación de sellos.

Subrayado y negrita fuera de texto

De acuerdo con lo anterior, los bloques de borneras deben permitir la instalación de sellos, por lo que la situación que usted plantea no está considerada en la citada resolución.

El presente concepto se emite en los términos y con el alcance previsto en el artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

Cordialmente,

GERMÁN CASTRO FERREIRA

Director Ejecutivo

×
Volver arriba