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CONCEPTO 5727 DE 2012

(junio)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS - CREG

Bogotá, D.C.,

XXXXXXXXXXXXXXX

Asunto: Su solicitud de concepto Radicado XM 005149-1

Radicado CREG E-2012-005727 del 22 de junio de 2012

Respetado XXXXX:

En el citado oficio solicita concepto a esta Comisión para que exponga la naturaleza regulatoria de la variable INV, en la fórmula tarifari, que corresponde a la inversión de las actividades reguladas del i) Centro Nacional de Despacho, CND, ii) Administrador del Sistema de Intercambios Comerciales, ASIC, y iii) Liquidador y Administrador de Cuentas, LAC.

Esto, debido a que dentro de los antecedentes que precede su solicitud, se expone una serie de diferencias que se presentan con la Unidad Administrativa Especial de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, respecto del tratamiento tributario que deben recibir los ingresos que recibe XM S.A. E.S.P. para la variable INV.

Expuestos los anteriores elementos de manera atenta damos nuestra respuesta a su consulta dentro del marco regulatorio que rige la remuneración de las actividades reguladas que presta su empresa, sin pronunciarnos de forma particular y concreta sobre el tratamiento tributario que deben recibir estos ingresos, de acuerdo con la diferencia que se presenta con la DIAN.

La siguiente expresión muestra el ingreso que recibe XM por la prestación de los servicios regulados del CND, ASIC y LAC:

Donde:

IMR: Ingreso Máximo Regulado

GOP: Gasto operativo que se reconoce para cada año del periodo tarifario

INV: Monto de las inversiones correspondientes al Programa Quinquenal de Inversiones

Ä: Ajustes ocasionados por novedades regulatorias de la CREG, gastos en defensa judicial e impuesto de renta por el reconocimiento de un capital de trabajo en el año 2007

Mrg: Margen de rentabilidad reconocido

En la variable INV, para cada año del periodo tarifario la CREG aprobó un nivel de ingresos anual para cubrir las necesidades de inversión quinquenales de la empresa.

En la técnica regulatoria de remuneración de la componente INV, los ingresos son iguales a los costos. En esta forma, la metodología previó que XM no debía asumir riesgos en la remuneración de sus inversiones.

La metodología también previó que los posibles excedentes que ocurran al final de cada año tarifario pasen al siguiente como disponibilidad adicional. Simétricamente, la metodología también previó la posibilidad de ajustes cuando haya necesidad de ello, por ejemplo, porque los costos aumentaron.

De acuerdo con lo anterior, la remuneración del plan de inversiones de XM para la prestación de las actividades reguladas está garantizada y la empresa recibe por este concepto lo que requiere para cubrir el 100% de las inversiones.

Los conceptos aquí emitidos tienen el alcance previsto en el artículo 28 de la Ley 1437 de 2011 y el artículo 73.24 de la Ley 142 de 1994.

Cordialmente,

GERMÁN CASTRO FERREIRA

Director Ejecutivo

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