BUSCAR search
ÍNDICE developer_guide
MEMORIA memory
DESARROLLOS attachment
MODIFICACIONES quiz
CONCORDANCIAS quiz
NOTIFICACIONES notifications_active
ACTOS DE TRÁMITE quiz

CONCEPTO 5216 DE 2019

(Septiembre 17)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS - CREG¡

XXXXXXXXXXXXXXX

Asunto:Invitación presentación ofertas

Apreciado señor XXXXX:

La COMISION DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS -CREG- Unidad Administrativa Especial adscrita al Ministerio de Minas y Energía, NIT 900034993-1, está interesada en recibir ofertas para realizar el análisis de los costos derivados de la aplicación de lo establecido en el artículo 17 de la Resolución 107 de 2017 y proponer una metodología para incorporar estos costos en la remuneración vigente transporte de gas natural.

Si después de revisada esta invitación, usted está interesado lo invitamos a revisar los siguientes numerales y a remitir su oferta a más tardar el 2 de septiembre de 2019.

La respuesta a la presente invitación a ofertar deberá enviarse al correo electrónico contratación3@creg.gov.co o a la siguiente dirección: Calle 116 No. 7 - 15 piso 9 oficina 901 en Bogotá D.C..

Solo se tendrán en cuentas las ofertas que se ajusten a las especificaciones descritas. No se aceptarán ofertas presentadas con posterioridad a la fecha señalada o en sitios y/o correos electrónicos diferentes de los que se han previsto.

La CREG se reserva el derecho de aceptar total o parcialmente las condiciones comerciales planteadas en la respuesta a la presente solicitud.

ESPECIFICACIONES TÉCNICAS

1. OBJETO DE LA CONTRATACIÓN

Realizar el análisis de los costos eficientes que se derivan de la aplicación de lo establecido en el artículo 17 de la Resolución 107 de 2017 y proponer una metodología para reconocer estos costos en la remuneración vigente transporte de gas natural.

2. ALCANCE DEL CONTRATO

El alcance tiene previsto el desarrollo de las siguientes actividades:

2.1. Revisión regulación CREG previa.

a. El consultor deberá realizar la revisión y análisis de resoluciones CREG 126 de 2010, 123 de 2013, 107 de 2017, así como sus respectivas modificaciones y demás regulación necesaria relacionada con el desarrollo del presente objeto. Estas disposiciones reúnen los principios de remuneración de transporte de gas natural y los procedimientos que se deben seguir para ejecutar proyectos del plan de abastecimiento de gas natural.

b. Entregar a la CREG un documento con esta revisión y análisis de los impactos de la aplicación de lo establecido en el artículo 17 de la resolución 107 de 2017.

2.2. Análisis de costos y riesgos.

a. A partir de la aproximación realizada en el numeral 2.1, el consultor deberá entregar un informe detallado de los costos en que debe incurrir el transportador para desarrollar las actividades de liquidar, actualizar, facturar, recaudar y transferir los pagos correspondientes a los adjudicatarios de proyectos desarrollados bajo la modalidad de selección que hagan parte del plan de abastecimiento de gas natural.

Como parte del desarrollo de esta actividad, el consultor deberá como mínimo tener en cuenta:

i) Consideraciones relacionadas con el capital del trabajo del transportador

ii) Aspectos relacionados con el riesgo de cartera

iii) Implicaciones fiscales y contables tanto en el recaudo como en la transferencia de los pagos

iv) Costos operativos derivados de adecuaciones y mejoras en el manejo de cuentas de las empresas

El consultor podrá realizar reuniones con las empresas transportadoras para solucionar inquietudes y obtener información adicional. Estas reuniones deberán ser programadas con el apoyo del personal de seguimiento de la Comisión y realizadas en las instalaciones de la misma.

En caso de ser necesario realizar consultas de información a las empresas, el consultor deberá diseñar los formatos necesarios para realizar dichas solicitudes formalmente a través de la Comisión.

b. El consultor deberá entregar a la CREG un documento con los resultados de este análisis.

2.3. Metodología para incorporar los costos en la remuneración vigente de transporte de gas natural

a. Con base en el análisis de la regulación vigente y de los costos obtenidos en el numeral 2.2 del presente documento, el consultor debe elaborar una propuesta para remunerar estos costos como parte de la actividad de transporte de gas natural. Para ello se deberá considerar como mínimo los siguientes aspectos:

i. Evaluar diferentes alternativas para reconocer estos costos en la regulación vigente de transporte de gas natural.

ii. Análisis de ventajas y desventajas para cada metodología o alternativa identificada.

iii. Generación de recomendaciones y propuesta regulatoria.

c. El consultor deberá entregar a la CREG un documento con los resultados de este análisis.

2.4. Presentación a la CREG y análisis de comentarios

El oferente debe tener en cuenta que debe asistir y presentar sus recomendaciones en una reunión en la Comisión a personal de la CREG. La CREG enviará los documentos correspondientes a las actividades 2.1,2.2 y 2.3 entregados por el consultor a las empresas transportadoras para someterlos a comentarios. En el informe final de esta consultoría el oferente deberá incluir respuestas a los comentarios presentados durante la presentación a la CREG y los que sean recibidos por parte de las empresas.

2.5. Aspectos generales

a) El contratista debe entregar los informes en formato pdf, Word en formato docx, las presentaciones en formato pptx y el modelo en Excel formato xlsm. Además, el consultor deberá entregar a la CREG todos los archivos que hayan servido de insumo (e.g., bases de datos, consultas, hojas de cálculo, etc) para la realización de todos los productos del estudio y que sirvan para el entendimiento de los mismos.

b) El contratista debe brindar un período de soporte como garantía de la calidad del estudio por seis (6) meses a partir de la finalización del estudio, sobre lo exigido en la invitación a presentar oferta y los entregables del contratista.

c) Se deben realizar, como mínimo 2 reuniones mensuales para realizar seguimiento del avance de los productos asociados al contrato, con la participación del contratista y el equipo supervisor de la Comisión.

d) El contratista deberá responder las preguntas e inquietudes que formulen la CREG y las empresas de transporte de gas natural, como resultado de la revisión de los informes. Las respuestas deberán ser entregadas en el informe final.

3. FORMA Y CONDICIONES DE PAGO

El valor del contrato que llegare a suscribirse con el proponente seleccionado, se pagará de la siguiente manera:

- 60% una vez se reciban a satisfacción por parte de la CREG los documentos previstos en los numerales 2.1, 0 y 2.3, según cronograma acordado con el consultor.

- 40% una vez se reciba a satisfacción por parte de la CREG el informe final con el alcance del numeral 2.4, según cronograma acordado con el consultor.

Para los pagos se deberá contar con el recibo a satisfacción de los productos objeto del contrato y la presentación de la respectiva factura y/o cuenta de cobro, y cumplidos los requisitos de ley, el pago se realizará a través de la FIDUCIARIA FIDUOCCIDENTE entidad que administra los recursos de la CREG.

4. PLAZO DE EJECUCIÓN DEL PROYECTO

El plazo para la finalización del estudio será de sesenta (60) días calendario transcurridos desde la firma del acta de inicio. El acta de inicio deberá suscribirse dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes al perfeccionamiento y legalización del contrato. La anterior fecha podrá ser revisada por la Comisión cuando se presenten atrasos no imputables al contratista. No obstante, esta circunstancia no es causal para la modificación de las condiciones económicas del contrato.

5. REQUERIMIENTOS TÉCNICOS

Experto 1. Especialista en regulación

EstudiosExperiencia
Profesional en IngenieríaRegulación de transporte de gas natural
Regulación de actividades de monopolio natural diferentes a
transporte de gas natural.
Regulación de transporte de hidrocarburos por ducto

Experto 2. Especialista financiero

EstudiosExperiencia
Profesional en Ingeniería industrial o Administración de empresas o de otra profesión afín. con posgrado en finanzas- Análisis de riesgos financieros (cartera, entre otros)
- Análisis de transacciones en mercados financieros
- Análisis de estados financieros en versión NIF y en
especial flujos de caja

Únicamente se considerarán experiencias terminadas con fecha posterior al 1/01/2010. En caso de tratarse de trabajos que iniciaron antes de dicha fecha y terminaron después, se toman únicamente el periodo correspondiente posterior a la fecha indicada.

No se considerará información diferente a la solicitada, tal como: experiencias terminadas en fechas anteriores a la fecha de referencia; experiencias de contratos no finalizados con anterioridad a la fecha de presentación de la oferta; experiencias cuya materia no corresponda a la temática exigida, las culminadas sin éxito y los casos en que se establezca que no participó en la respectiva obra o servicio o no desarrolló su trabajo en forma idónea en un proyecto determinado

6. EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS

6.1. Evaluación total

Cada oferta en evaluación se calificará como sigue: (i) evaluación económica, 300 puntos, (ii) evaluación técnica, 700 puntos, (iii) evaluación total, 1000 puntos, ponderado como sigue:

Puntaje totali = puntaje evaluación técnicai + puntaje evaluación económicai

Se adjudicará el contrato a la oferta que tenga el mayor puntaje total. En caso de que el oferente seleccionado no pueda celebrar el contrato se podrá adjudicar a la siguiente oferta en puntaje total y así sucesivamente.

6.2. Evaluación propuesta técnica (máximo 700 puntos)

El proponente, en cada oferta remitida con el Formato 1 del numeral 10.2 debe presentar como equipo de trabajo dos profesionales expertos denominados Experto 1 y Experto 2. De acuerdo con el objeto de la consultoría, el proponente, para cada experto del equipo de trabajo que desarrollará la consultoría, deberá presentar cinco (5) experiencias que considere más relevantes. Cada una de estas experiencias serán calificadas por el comité evaluador conforme el siguiente criterio:

Si la experiencia es de relevancia alta100 puntos
Si la experiencia es de relevancia media70 puntos
Si la experiencia es de relevancia baja30 puntos

La calificación de la experiencia según su relevancia, para el experto 1 tendrá las siguientes categorías:

- Alta: experiencia en regulación de transporte de gas natural.

- Media: experiencia en regulación de actividades de monopolio natural diferentes a transporte de gas natural.

- Baja: experiencia en regulación de transporte de hidrocarburos por ducto.

La calificación de la experiencia según su relevancia, para el experto 2 tendrá las siguientes categorías:

- Alta: experiencia en análisis de riesgos financieros (cartera, entre otros)

- Media: experiencia en análisis de transacciones en mercados financieros

- Baja: experiencia en análisis de estados financieros en versión NIF y en especial flujos de caja

El proponente que no alcance 100 puntos en la evaluación de la propuesta técnica, considerando los 2 expertos, no seguirá en el proceso de evaluación.

Por proponente se evaluará la experiencia técnica así:

i. Para cada proponente se suma la calificación del Experto 1 y del Experto 2

ii. El proponente con el mayor puntaje tendrá una calificación de 700 puntos. Los otros proponentes tendrán una calificación en proporción a la mayor calificación conforme a la siguiente fórmula:

6.3. Evaluación propuesta económica (máximo 300 puntos)

A la menor propuesta económica se le asignarán 300 puntos. A las otras propuestas se les asignará un puntaje en proporción a la propuesta más económica, conforme a la siguiente fórmula:

Las propuestas económicas deberán ser remitidas con el ¡Error! No se encuentra el origen de la referencia, del numeral 10.1.

7. CRITERIOS PARA DIRIMIR EMPATES

Si al momento de adjudicar el contrato se presenta empate entre oferentes se utilizará como criterio de desempate quien tenga el mayor puntaje en la evaluación técnica.

8. GARANTÍA ÚNICA A FAVOR DE LA CREG

La Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) requiere la suscripción de la garantía única de Cumplimiento para avalar el cumplimiento de las obligaciones surgidas de la aceptación de la oferta con

base en las presentes reglas de participación, la cual se mantendrá vigente durante la vigencia del contrato y su liquidación y se ajustará a los límites, los amparos, la suficiencia y la vigencia, así:

AMPAROSUFICIENCIAVIGENCIA
Calidad y correcto funcionamiento de los productos suministrados20% del valor del contrato incluido IVAIgual al plazo del contrato y 1 año más

El Contratista constituirá garantía única en una póliza de seguro o garantía bancaria expedida por una entidad bancaria o compañía de seguros debidamente establecida en Colombia, a favor de la COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS - CREG.

9. SUPERVISIÓN Y COORDINACIÓN

La supervisión estará a cargo de uno de los Expertos Comisionados de la CREG, quien tendrá, entre otras, las siguientes funciones:

- Supervisar y coordinar la ejecución del contrato.

- Discutir y acordar, con el contratista seleccionado, los detalles finales sobre el alcance y el programa de trabajo.

- Dar el visto bueno sobre el cumplimiento del contrato.

Se contará con un Comité Técnico de Apoyo, conformado por asesores de la Comisión de Regulación de Energía y Gas, quienes apoyarán al Experto Comisionado en su labor de supervisión.

La coordinación y el cronograma para la ejecución del contrato será definida conjuntamente con el contratista en la primera reunión de trabajo, lo cual se consignará en el acta respectiva.

10. DOCUMENTOS QUE SE DEBEN ADJUNTAR

Cada proponente deberá entregar como parte de la oferta los siguientes documentos:

10.1. Formato para la evaluación de la propuesta económica

La empresa interesada en participar en el presente proceso debe diligenciar el siguiente formato:

Formato 1. Oferta económica

10.2. Formato para la evaluación de la propuesta técnica

Las experiencias en las cuales no se relacionen adecuadamente la fecha de inicio y finalización, incluyendo mes y año no serán consideradas en la evaluación.

Formato 1. Experiencia del Experto 1 ó 2 según corresponda

11. PRESENTACIÓN DE LA OFERTA

La oferta debe redactarse en idioma español, salvo los términos técnicos que se utilicen en idioma distinto, deberá ser completa, clara, concreta y basada en la presente invitación. No deben figurar tachones, borrones o enmendaduras que hagan dudar sobre el contenido de la oferta. Cualquier enmendadura deberá ser aclarada y validada por el oferente en la misma oferta antes de la fecha de presentación de la misma, prevista en la presente invitación.

Se aceptarán ofertas en medio físico en sobre cerrado o enviadas al correo electrónico contratac¡on3@creg.gov.co. No se aceptarán ofertas complementarias o modificaciones presentadas con posterioridad a la fecha y hora del cierre indicada en la presente invitación, ni en sitios y/o correos electrónicos diferentes de los que se han previsto.

Ningún proponente podrá modificar, adicionar o retirar su oferta después del cierre del proceso. La CREG podrá pedir aclaraciones e información sobre el contenido de las ofertas, si lo considera indispensable. Dichas aclaraciones en ningún caso pueden significar la posibilidad de modificar o mejorar los ofrecimientos hechos con la misma.

La CREG se reserva el derecho de verificar toda la información incluida en la oferta y de solicitar a las autoridades competentes o a los particulares correspondientes, información relacionada con el contenido de la misma. Así mismo, se reserva el derecho de aceptar total o parcialmente las condiciones comerciales planteadas en respuesta a la presente invitación.

La oferta que se presente a la CREG es de carácter vinculante y como resultado de la misma se llevará a cabo una contratación, una vez se elija la mejor oferta de acuerdo con los criterios de evaluación señalados en el presente documento.

12. CRONOGRAMA DEL PROCESO

ACTIVIDADFECHA LÍMITE
Envío de la invitación a presentar ofertas.Septiembre 17 de2019
Presentación de las ofertas a la CREG.Septiembre 23 de 2019
Resultados de evaluaciónSeptiembre 26 de 2019
Plazo para observaciones al informe de evaluaciónSeptiembre 27 de 2019
Respuesta a las observaciones al informe de evaluaciónSeptiembre 30 de 2019
Adjudicación o decisión de la CREG.Octubre 3 de 2019

En el evento en el que no se presente oferta alguna o ninguna cumpla con los requisitos establecidos en las reglas de participación descritas en la presente invitación, la CREG podrá tomar la decisión a que dé lugar.

13. PERIODO DE VALIDEZ DE LAS OFERTAS

Las ofertas deben permanecer válidas por un plazo de 30 días hábiles a partir de la fecha límite para la presentación de las mismas a la CREG, periodo durante el cual el personal propuesto por el proponente para la ejecución de la consultoría deberá permanecer disponible.

14. PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO

Dentro de los tres (3) días hábiles contados a partir de la fecha en que la CREG le comunique al seleccionado su decisión de contratarlo, se procederá al perfeccionamiento del contrato. Para tal efecto, el representante legal del proponente deberá concurrir a las instalaciones de la CREG con la documentación requerida con el fin de suscribir la orden de servicios respectiva.

15. PROPIEDAD DE LOS ESTUDIOS

Serán de propiedad de la CREG todos los resultados y productos que se den de la ejecución de la oferta aceptada por la CREG conforme a las presentes reglas de participación. Lo relacionado con los derechos de autor se sujetará a lo establecido por la Ley 23 de 1982 y demás normas complementarias.

En el evento de requerirse, el contratista deberá, previo al pago final, suscribir documento de transferencia de derechos de autor. Igualmente, el contratista liberará a la CREG de toda responsabilidad por las acciones que inicien terceros en razón de las transgresiones de derechos de autor, marca o patente, como consecuencia de los productos o servicios que se contraten y que sean utilizados por el contratista para la ejecución del objeto de la contratación. En los eventos en que la CREG entregue para el desarrollo del objeto del contrato información considerada confidencial, el contratista deberá suscribir a la iniciación del contrato el respectivo acuerdo de confidencialidad.

16. INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES

Los proponentes deberán tener en cuenta y declarar que no se encuentren incursos en inhabilidades e incompatibilidades legales, principalmente las previstas en la Constitución Política, el artículo 44 de la Ley 142 de 1994, el Estatuto Anticorrupción y la Ley 80 de 1993 en cuanto sea aplicable.

En ese sentido, el numeral 2 del artículo 44 de la Ley 142 de 1994 señala lo siguiente:

"44.2. No podrá prestar servicios a las comisiones de regulación ni a la Superintendencia de Servicios Públicos, ninguna persona que haya sido administrador empleado de una empresa de servicios públicos antes de transcurrir un año de terminada su relación con la empresa ni los cónyuges o compañeros permanentes de tales personas, ni sus parientes dentro del tercer grado de consanguinidad, segundo de afinidad o primero civil. Esta misma inhabilidad se predica de los empleados de las comisiones o de la Superintendencia, sus cónyuges o parientes en los mismos grados, respecto de empleos en las empresas.

Sin embargo, las personas aludidas pueden ejercitar ante las comisiones de regulación y ante la Superintendencia su derecho a pedir informaciones, a hacer peticiones, y a formular observaciones o a transmitir informaciones respecto a las decisiones que allí se tomen, o a los proyectos de decisiones que se les consulten."

Cordialmente,

HENRY NAVARRO SÁNCHEZ

Experto Comisionado

×
Volver arriba