BUSCAR search
ÍNDICE developer_guide
MEMORIA memory
DESARROLLOS attachment
MODIFICACIONES quiz
CONCORDANCIAS quiz
NOTIFICACIONES notifications_active
ACTOS DE TRÁMITE quiz

CONCEPTO 4986 DE 2013

(junio)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS - CREG

Bogotá, D.C

XXXXXXXXXXXXXXX

Asunto: Su comunicado enviado vía email. Solicitud de información

Radicado CREG E-2013-004986

Respetado XXXXX:

Mediante la comunicación de la referencia consulta lo siguiente:

“Deseamos conocer si existe alguna norma o resolución que incentive en el país la instalación de luces LED en alumbrados públicos. Específicamente si un concesionario de alumbrado público puede cambiar la iluminación tradicional por luces LED y esto le represente una ampliación de su concesión u otro tipo de incentivo por parte del gobierno”

En atención a su consulta nos permitimos comunicarle que la modernización del sistema de alumbrado público por el cambio tecnológico de los diferentes componentes de un sistema de alumbrado público existente por otros más eficientes, como pueden ser las luces tipo LED, propende a fomentar el uso racional y eficiente de la energía, URE, en todos los aspectos de la economía nacional, establecido en la Ley 697 de 2001 “Mediante la cual se fomenta el uso racional y eficiente de la energía, se promueve la utilización de energías alternativas y se dictan otras disposiciones.

Uno de los postulados más importantes es el de la eficiencia energética, es decir la relación entre la energía aprovechada y la total utilizada en cualquier proceso de la cadena energética. Con éste se pretende promover el uso de tecnologías más eficientes desde el punto de visto del aprovechamiento de los recursos energéticos. Dicho aprovechamiento se debe enmarcar dentro de parámetros de suficiencia financiera.

El Ministerio de Minas y Energía es la entidad responsable de promover, organizar, asegurar el desarrollo y el seguimiento de los programas de uso racional y eficiente de la energía.

Ahora bien respecto al cambio de bombillas del alumbrado público por unas ahorradores, como pueden ser las luces tipo LED, el Anexo General del Reglamento Técnico de Iluminación y Alumbrado Público -RETILAP- expedido por el Ministerio de Minas y Energía, establece las reglas generales que se deben tener en cuenta en los sistemas de iluminación interior y exterior, y dentro de estos últimos, los de alumbrado público en el territorio colombiano, inculcando el uso racional y eficiente de energía (URE) en iluminación. En tal sentido señala las exigencias y especificaciones mínimas para que las instalaciones de iluminación garanticen la seguridad y confort con base en su buen diseño y desempeño operativo, los requisitos de los productos empleados en las mismas.

La actividad de inversión del servicio de alumbrado público establecida en la Resolución CREG 123 de 2011, “Por la cual se aprueba la metodología para la determinación de los costos máximos que deberán aplicar los municipios o distritos, para remunerar a los prestadores del servicio así como el uso de los activos vinculados al sistema de alumbrado público”, comprende entre otras la modernización del sistema por efectos de la Ley 697 de 2001, entendiendo por modernización del sistema de alumbrado público el cambio tecnológico de los diferentes componentes de un sistema de alumbrado público existente por otros más eficientes como pueden ser las luces tipo LED.

De esta manera el municipio, como responsable de la prestación de servicio de alumbrado público, podrá incluir dentro de sus planes de expansión y modernización, la implementación de tecnologías más eficientes, en el marco de lo estipulado en la ley, los reglamentos y la regulación antes indicadas.

En los términos anteriores y de conformidad con el alcance establecido en el artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, damos por atendida su consulta.

Cordialmente,

GERMÁN CASTRO FERREIRA

Director Ejecutivo

×
Volver arriba