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CONCEPTO 3527 DE 2018

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS - CREG

Bogotá, D.C.,

XXXXXXXXXXXXXXX

Asunto: Su comunicación vía correo electrónico

Radicado CREG E-2018-003527

Respetado XXXXX:

Hemos recibido su comunicación de la referencia en donde nos consulta lo siguiente:

UN GENERADOR DISTRIBUIDO (0-100 KW) DEBE CONECTARSE EXCLUSIVAMENTE POR NIVEL 1 DE TENSIÓN O LO PUEDE HACER POR NIVEL 2 O NIVEL 3 ?

Respecto a su consulta, le informamos que el generador distribuido puede conectarse en un nivel de tensión diferente al nivel de tensión 1 o en el que el OR determine como resultado de la revisión del formulario de solicitud de conexión simplificado de que trata el literal b) del artículo 10 de la Resolución CREG 030 de 2018.

El presente concepto se emite en los términos y con el alcance previsto en el artículo 28 de la Ley 1755 de 2015.

Cordialmente,

CHRISTIAN JARAMILLO HERRERA

Directora Ejecutiva (E)

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