CONCEPTO 3161 DE 2020
(julio 1)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS - CREG
Bogotá, D.C.,
XXXXXXXXXXXXXXXXX
Asunto: Congelamiento de tarifas de energía eléctrica
Radicado CREG TL-2020-000305
Expediente CREG Comunicaciones
Respetado señor:
Dando respuesta a su solicitud de fecha 26/05/2020, y con el propósito de orientarlo en relación con las funciones asignadas a la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG), así como sus derechos como usuario, estamos adjuntando en esta respuesta algunos documentos para su conocimiento.
En relación con su inquietud sobre el número de la resolución mediante la cual la CREG estableció el congelamiento de las tarifas de energía en el contexto de la pandemia por la que atraviesa el país, le informamos lo siguiente:
Como parte de las medidas para mitigar el impacto en los usuarios por posibles incrementos en el costo unitario de prestación del servicio, se estableció, mediante la Resolución CREG 058 de 2020, modificada por las resoluciones CREG 064 y 108 de 2020, la aplicación obligatoria de la opción tarifaria cuando se presenten incrementos en alguno de los componentes del CU, lo que en la práctica se traduce en una prohibición de aumentar el costo unitario de prestación del servicio hasta agosto de 2020.
Se aclara que las medidas deben ser aplicadas por todos los comercializadores de energía eléctrica en el Sistema Interconectado Nacional, sin distinguir la región.
En los anteriores términos y de conformidad con lo previsto en el Artículo 1 de la Ley 1755 de 2015, damos por atendida su solicitud.
Cordialmente,
JORGE ALBERTO VALENCIA MARÍN
Director Ejecutivo
Anexos: Preguntas y respuestas frecuentes
Medidas Covid-19 para energía eléctrica
Anexo tarifario