CONCEPTO 2710 DE 2011
(enero)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS - CREG
Bogotá, D.C.,
XXXXXXXXXXXXXXX
Asunto: Su comunicación del 20 de mayo de 2011
Radicado CREG E-2011-004931
Respetados señores:
Damos respuesta a la comunicación del asunto, en la cual consultan:
Teniendo en cuenta que se ha vencido el período anual de participación en el Comité Fiduciario de los representantes de los distribuidores estipulado por la resolución CREG 010-2002, nos permitimos solicitar su concepto sobre si procede realizar una nueva elección para otro período igual.
Lo anterior teniendo en cuenta que:
1. Las resoluciones actualmente vigentes indican que al Comité Fiduciario le quedarían siete meses de existencia.
2. El pasado 31 de Diciembre dejó de existir el margen de seguridad dentro de la estructura de precios.
Las normas relativas al funcionamiento del Comité Fiduciario, contenidas principalmente en la Resolución CREG 010 de 2002 con las modificaciones introducidas en la Resolución CREG 045 de 2008, aún se encuentran vigentes razón por la cual se debe observar lo previsto en ellas. Es decir, debe realizarse la elección de los representantes de los distribuidores como se encuentra previsto en la Resolución CREG 010 de 2002.
El concepto aquí emitido tiene el alcance previsto en el artículo 25 del Código Contencioso Administrativo.
Cordialmente,
JAVIER AUGUSTO DIAZ VELASCO
Director Ejecutivo