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CONCEPTO 2490 DE 2021

(junio 9)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS - CREG

XXXXXXXXXXXXXXX

Asunto: Reiteración consulta regulación o aplicación normativa frente a proyecto de ampliación de cobertura y mejoramiento infraestructura línea de interconexión eléctrica Puerto Bolívar – Cabo de la Vela, Uribia, la Guajira

Radicado CREG E-2021-005147

Expediente CREG: NA

Respetado Señor XXXXXX:

Hemos recibido la comunicación de la referencia, la cual se trascribe a continuación:

Con ocasión a la consulta efectuada por parte del IPSE ante la CREG mediante oficio de radicado IPSE No 20211400004731 de fecha 19 de marzo de 2021, relacionada con la regulación o excepción normativa que posibilite la Administración, Operación y Mantenimiento (AOM) de la línea de interconexión eléctrica Puerto Bolívar – Cabo de la Vela localizada en el municipio de Uribia en el Departamento de la Guajira, por un Operador de Red distinto al de la zona de influencia del proyecto, solicitamos amablemente a su despacho emitir respuesta frente a la mencionada consulta, teniendo en cuenta la importancia que representa para poder lograr la culminación del citado proyecto y permitir cumplir con los compromisos asumidos por el estado colombiano desde el año 2.009 mediante la satisfacción de las necesidades de energía eléctrica de las comunidades localizadas entre Puerto Bolívar y el Cabo de la Vela, que hoy día hacen parte de las ZNI y han visto truncada esta posibilidad durante más de una década.

Agradecemos una pronta respuesta y estaremos atentos a las orientaciones y apoyo de la CREG

Atentamente le informamos que, mediante comunicación con radicado CREG S–2021–001883 del 4 de mayo de 2021, se dio respuesta a la consulta realizada en la comunicación con radicado CREG E-2021-003638, radicada el 29 de marzo de 2021.

En los anteriores términos damos por atendida su solicitud. Este concepto ese emite de conformidad con el numeral 73.24 del artículo 73 de la Ley 142 de 1994, y el artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

Cordialmente,

JORGE ALBERTO VALENCIA MARÍN

Director Ejecutivo

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