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CONCEPTO 2460 DE 2020

(junio 2)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS - CREG

XXXXXXXXXXXXXXX

Asunto: Su comunicación del 28/04/2020

Radicado CREG E-2020-003918

Expediente 2019 - 0153

Respetado señor XXXXX:

De manera atenta damos respuesta a su comunicación, mediante la cual nos plantea la siguiente consulta:

En relación con los comentarios que se pueden hacer hasta la fecha de la resolución CREG 021 de 2020, agradecería atendiera la siguiente consulta:

1) Para un proyecto cuyo periodo de vigencia de OEF se inicia antes de la entrada en operación comercial del mismo y que por tanto, requiera de un contrato de respaldo, si ese contrato de respaldo no cumple con sus obligaciones de entrega afectando al IHF de la planta ¿pueden indicar si la planta recuperaría el IHF en el momento de entrada en operación?

Respuesta:

Respecto a su inquietud, no es clara la pregunta, dado que el IHF se construye con la información de la operación de la planta. Para plantas nuevas, la regulación prevé, en la Resolución CREG 071 de 2006, valores de IHF, mientras la planta va teniendo horas de operación para ir construyendo el IHF.

2) Si el contrato de respaldo afecta al IHF de la planta de tal forma que el ENFICC de ésta disminuye sin afectar al volumen comprometido en OEFs, ¿hay algún procedimiento similar al plan de acción que permita recuperar la ENFICC perdida en el respaldo una vez la planta entre en operación?

Respuesta:

En lo referente el plan de acción de que trata la Resolución CREG 021 de 2020, como es hasta el momento una regulación en consulta, no nos pronunciamos.

En lo que respecta a la forma de recuperar el IHF, tal como señalamos en la respuesta al punto 1, dicho indicador depende de las horas de operación de la planta. Por tanto, para bajar el nivel del índice IHF, se debe mejorar la operación de la planta.

El presente concepto se emite en los términos y con el alcance previsto en el artículo 28 de la Ley 1755 de 2015, que sustituye el título II del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

Cordialmente,

JORGE ALBERTO VALENCIA MARÍN

Director Ejecutivo

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