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CONCEPTO 2273 DE 2020

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS - CREG

XXXXXXXXXXXXXXX

Asunto: Su derecho de petición de interés general

Radicados CREG E-2020-003041

Respetado señor XXXXXX:

Hemos recibido su comunicación, en la que nos solicita:

(…) QUERÍAN SABER SI ME PUEDEN SUMINISTRAR UN DATO SOBRE LA RECONEXIÓN DE SERVICIO ENERGÉTICO, QUISIERA SABER, ¿CUÁNTAS ESTÁN QUE SE HARÁN? SI SE HACEN, Y CUÁNTAS SE HAN HECHO, MUCHAS GRACIAS.

Previo a dar respuesta a sus solicitudes, le informamos que, de acuerdo con lo dispuesto por la Ley 142 de 1994, a la CREG, aparte de las funciones genéricas que toda Comisión de Regulación tiene, se le asignó la regulación económica de los servicios públicos domiciliarios de energía eléctrica y gas combustible. Adicionalmente, la Ley 143 de 1994 le asignó funciones de carácter regulatorio a la CREG, de manera específica en lo concerniente a la prestación del servicio público domiciliario de energía eléctrica. Posteriormente, mediante el Decreto 1260 de 2013 se le otorgó la responsabilidad de la regulación económica de los combustibles líquidos.

Es importante precisar que, en desarrollo de la función consultiva, la CREG no resuelve casos particulares o concretos, pues ello corresponde a las autoridades competentes mediante los procedimientos de rigor y, en tal virtud, tanto las preguntas como las respuestas deben darse o entenderse en forma genérica, de tal manera que puedan predicarse de cualquier asunto en circunstancias similares.

Por otra parte, la función de control del cumplimiento de las Resoluciones expedidas por parte de la CREG, las leyes y demás actos administrativos a que están sujetos los prestadores de servicios públicos domiciliarios, le competen por ley a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, y a la Superintendencia de Industria y Comercio en temas de derecho de la competencia. Según lo anterior, los conceptos aquí presentados deben entenderse de manera general y abstracta sin referirnos a ningún caso en particular.

Respecto de su inquietud, entendemos que está interesado en conocer el número de reconexiones del servicio de energía eléctrica que han realizado las empresas prestadoras del servicio, con base en el acuerdo realizado por las empresas prestadoras del servicio de energía eléctrica con el Ministerio de Minas y Energía, el cual fue de conocimiento público a través del comunicado de Asocodis que se transcribe a continuación:

COMUNICADO DE PRENSA

GARANTÍA DE SUMINISTRO DE ENERGÍA ELÉCTRICA

Bogotá, 23 de marzo de 2020. En este momento de dificultades y de grandes cambios en el diario vivir de los colombianos debido al COVID-19, y conscientes del papel fundamental que juega el servicio de energía eléctrica para la coyuntura actual que enfrentan todos los usuarios en Colombia, la Asociación Colombiana de Distribuidores de Energía Eléctrica, ASOCODIS, y sus empresas asociadas, las cuales atienden al 99% de los usuarios de energía eléctrica en Colombia, en coordinación con el Gobierno Nacional, vienen desarrollando y tomando todas las medidas necesarias para garantizar a todos sus usuarios un servicio de energía eléctrica continuo y confiable.

En este contexto y considerando que la energía eléctrica es un servicio público esencial, necesario para el “desarrollo de las actividades sociales y económicas del país”, las empresas afiliadas en ASOCODIS, reafirmando su compromiso, solidaridad y apoyo para enfrentar la difícil situación del país y de nuestros usuarios, con el apoyo y en articulación con el Gobierno Nacional, adoptarán las siguientes medidas que contribuyan a garantizar la continuidad y sostenibilidad del servicio en esta contingencia:

1. Realizarán la reconexión de sus usuarios residenciales durante el Aislamiento Preventivo Obligatorio, es decir hasta abril 13, teniendo en cuenta lo establecido en el numeral 3.

2. No realizarán suspensiones del servicio como mínimo a los usuarios residenciales más vulnerables (estratos 1, 2 y 3) por el tiempo que dure el Aislamiento Preventivo Obligatorio, es decir, hasta abril 13, teniendo en cuenta lo establecido en el numeral 3.

3. Con el fin de poder dar aplicación a las anteriores medidas (reconexión y no suspensiones), el Gobierno Nacional y las empresas diseñarán los mecanismos e instrumentos necesarios para para garantizar el flujo financiero requerido y la sostenibilidad de las empresas, y no poner en riesgo la suficiencia y la prestación del servicio de energía eléctrica. Mientras tanto, los consumos se seguirán contabilizando y la entrega de las facturas se seguirá realizando, en la medida en que las condiciones lo permitan de manera responsable y segura.

4. Promoverán campañas para difundir lo anterior a través de canales virtuales y todos aquellos canales que se encuentren habilitados y disponibles (presenciales, telefónicos, whatsapp, entre otros), con el fin de garantizar la continuidad del servicio y la sostenibilidad del sector eléctrico en general.

Es el compromiso de ASOCODIS y de todas sus empresas afiliadas brindar el mejor servicio posible en el ámbito de esta emergencia, agradeciendo a todos los funcionarios de las empresas el esfuerzo y dedicación en esta emergencia.

El Director Ejecutivo de ASOCODIS, José Camilo Manzur, expresó adicionalmente que estas medidas requieren del apoyo y solidaridad por parte de todas las autoridades nacionales, territoriales, y de la ciudadanía, para que los funcionarios, proveedores y contratistas puedan adelantar sus labores en los diferentes municipios del país. También expresó que es fundamental por parte de los usuarios de un uso racional, responsable y eficiente de energía eléctrica durante el Aislamiento Preventivo Obligatorio, para evitar dificultades en la prestación del servicio. (…)

Respecto de su solicitud, no se dispone en la Comisión la información del número de reconexiones que ha realizado cada uno de los prestadores del servicio, para lo cual le sugerimos dirigirse directamente a las empresas de su interés, para que le sea suministrada la información correspondiente.

Esperamos que esta información sea de su utilidad.

Cordialmente,

JORGE ALBERTO VALENCIA MARÍN

Director Ejecutivo

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