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CONCEPTO 0002207 DE 2021

(mayo 21)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS - CREG

Asunto: Radicado CREG E-2020-004790

Expediente CREG (No Aplica)

Respetado señor XXXXX:

En la comunicación del asunto formula dos peticiones a esta Comisión. Antes de dar respuesta a cada una, es preciso señalar lo siguiente:

Las funciones asignadas a la Comisión de Regulación de Energía y Gas, CREG, le permiten a esta entidad absolver, de manera general, consultas sobre las materias de su competencia asociadas con la regulación expedida, pero no le permiten emitir conceptos sobre la aplicación de la regulación o legislación en casos específicos, ni tampoco sobre interpretaciones particulares o situaciones que se presenten entre empresas, o entre estas y los usuarios, durante la prestación del servicio. Según lo anterior, los conceptos aquí presentados deben entenderse de manera general y abstracta, sin referirnos a ningún caso en particular.

Dicho lo anterior, a continuación transcribimos el texto de su consulta:

“1. Puede un remitente en la etapa de “Negociación y/o asignación de capacidad disponible primaria”, modificar la capacidad previamente solicitada y pedir una mayor capacidad.

Si la respuesta es positiva, en el caso que se presente congestión contractual ¿cuál deberá ser el procedimiento a seguir por parte de los participantes? Y ¿cómo se entregaría la información al Gestor?

2. Puede un remitente en la etapa de “Negociación y/o asignación de capacidad disponible primaria”, modificar la capacidad previamente solicitada y pedir una menor capacidad. En el caso que se libere capacidad y ya se haya surtido el proceso de la negociación de la resolución CREG 001 de 2021, es posible asignar esta capacidad a otro agente que se le haya prorrateado o asignado una menor cantidad a la solicitud”.

Respuesta

El procedimiento previsto en el literal e) del artículo 15 de la Resolución CREG 185 de 2020, establece que hasta el decimosegundo día hábil del trimestre estándar en donde ocurre la negociación, los remitentes interesados en contratar pueden ajustar las capacidades solicitadas. Posteriormente, se realiza el proceso de negociación y, en caso de congestión contractual, se aplican las disposiciones de la Resolución CREG 001 de 2021, teniendo en cuenta el cronograma que se hizo público mediante la Circular CREG 018 de 2021.

El procedimiento de asignación de capacidad de transporte que está en la Resolución CREG 001 de 2021 está sincronizado con las disposiciones del artículo 15 de la Resolución CREG 185 de 2020, de manera que cuando pase el período de negociación, en caso de congestión contractual, hay un proceso definido de asignación.

En los anteriores términos damos por atendida su solicitud. Los conceptos aquí emitidos tienen el alcance previsto en el numeral 73.24 del artículo 73 de la Ley 142 de 1994, y por el artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, sustituido por el artículo 1 de la Ley 1755 de 2015.

Cordialmente,

JORGE ALBERTO VALENCIA MARÍN

Director Ejecutivo

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