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CONCEPTO 2173 DE 2008

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS - CREG

XXXXXXXXXXXXXXX

Asunto: Su consulta realizada por correo electrónico

Radicado CREG E-2008-004993

Respetada XXXXX:

Se ha recibido la comunicación del asunto donde solicita: “EL EMPRESARIO, QUE QUIERE GENERAR ENERGÍA A PARTIR DE FUENTES RENOVABLES, SÓLO TIENE PARA CÁLCULOS DE COSTOS LA TARIFA A QUE SE LE COBRA AL USUARIO, PERO NO EL PRECIO AL QUE PUEDE VENDER LA ENERGÍA ¿Existe una manera de estimar este precio, POR EJEMPLO CUANTO SE HA PAGADO HITÓRICAMENTE?

¿PODRÍA OBTNER LOS HITÓRICOS?”

Al respecto se le informa que los agentes que vayan a prestar un servicio público como es el de la generación de energía eléctrica deben cumplir con el Capitulo I de la Ley 142 de 1994, además de registrarse ante el Mercado de Energía Eléctrica (XM S.A E.S.P.) y la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios.

De otra parte se le recomienda revisar la Resolución CREG 024 de 1995 donde se establece los criterios generales para el funcionamiento del Mercado de Energía Mayorista, donde todos los agentes generadores y comercializadores deben estar registrados y se liquidan las transacciones que realizan este tipo de agentes.

Respecto a sus dudas correspondientes a la obtención de información del precio de la energía le recomendamos registrarse en la página web http://sv04.xm.com.co/neonweb/que es administradamercado, donde podrá consultar el precio de bolsa y el precio de los contratos históricos, del mercado eléctrico colombiano.

De esta manera se da por atendida su solicitud y de tener cualquier otra no dude en realizarla.

Cordialmente,

HERNAN MOLINA VALENCIA

Director Ejecutivo

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