CONCEPTO 1819 DE 2007
(13 julio)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS - CREG
Bogotá D. C.,
XXXXXXXXXXXXXXX
Asunto: Consulta sobre la fórmula tarifaria.
Radicados CREG E-2007-004445 y CREG E-2007-004916.
Respetado XXXXX:
Hemos recibido la comunicación del asunto donde se solicita a la Comisión responder las siguientes inquietudes:
1) “En la fórmula en la cual se calcula el cobro de la generación G actual se incluye un factor de ponderación beta = 0,9. ¿Bajo que criterios o cual es la justificación para que sea 0,9? ¿Por qué ese valor de 0,9 de dónde sale”?
2) “Existe un software o programa especial para que las empresas hagan estos cálculos”.
3) “En mi caso, yo mismo quiero calcular la variable Alfa en el mes (m) del año t. Dónde puedo obtener los valores del resto de variables, ya que según la explicación son datos del ayer y del hoy en mes (m) y años (t). por ejemplo pt-1 ipp6,t-1 ippm-1,t PRI,t”
4) “En el costo de comercialización Cm,t donde puedo consultar los datos de las diferentes variables que la componen, datos numéricos para hacer su reemplazo en la ecuación dada. la idea es tener datos para procesar las formulas de la resolución”.
5) “Para el cálculo de T, qué fórmula se usa? o es el costo promedio por uso del STN, si es así ¿cuales son los cargos aprobados para STN y quién los aprueba?”.
6) “El costo de la distribución que está aprobado para el nivel de tensión uno, que son los sistemas menores e iguales a 1kw al cual pertenece los usuarios Residenciales, no tiene formula? Ustedes lo definen teóricamente en el punto 2.3 del documento enviado. Si existe fórmula o algún procedimiento háganmelo saber”.
Siguiendo el mismo orden de las preguntas formuladas, las respuestas correspondientes son las siguientes:
1. En la fórmula en la cual se calcula el cobro de la generación G actual se incluye un factor de ponderación beta = 0,9. ¿Bajo que criterios o cual es la justificación para que sea 0,9? ¿Por qué ese valor de 0,9 de dónde sale?
En relación con su primera pregunta, el factor b es un ponderador utilizado en el componente G, con el fin de darle una mayor peso al último precio mensual de compra frente al resultado de aplicar un benchmarking a los precios propios de compra y los precios del Mercado Mayorista los cuales son estimados mediante un promedio móvil de 12 meses.
2. Existe un software o programa especial para que las empresas hagan estos cálculos?.
La Comisión no exige ningún programa de cómputo para calcular los componentes de la fórmula tarifaria.
3. “En mi caso, yo mismo quiero calcular la variable Alfa en el mes (m) del año t. Dónde puedo obtener los valores del resto de variables, ya que según la explicación son datos del ayer y del hoy en mes (m) y años (t). por ejemplo pt-1 ipp6,t-1 ippm-1,t PRI,t
En relación con su solicitud de información de las variables que definen al factor, el componente de comercialización lo encuentra en la página electrónica de la CREG, el índice de pérdidas para el nivel 1 de tensión es de 14.75% y valores como los precios de compras propias podrá solicitarla a la empresa para la cual quisiera hacer este cálculo o a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios.
4. En el costo de comercialización Cm,t donde puedo consultar los datos de las diferentes variables que la componen, datos numéricos para hacer su reemplazo en la ecuación dada. la idea es tener datos para procesar las formulas de la resolución
En cuanto al costo de comercialización la información de cada una de las variables las podrá ubicar en la página web de la Comisión, así:
Costo de comercialización definido de acuerdo con la metodología de las Resoluciones CREG 031 de 1997, se expresa tal como sigue:

C*0: Costo Base de Comercialización expresado en $/Factura del Comercializador.
El costo aprobado por cada comercializador lo encuentra en resoluciones particulares que están publicadas en la página durante los años 1997 y 1998s.
CFMt-1: Consumo Facturado Medio de la empresa en el año t-1.
Este valor lo puede encontrar por mercado y por empresa en el link Electricidad / Estadísticas del sector en la página web de la CREG.
: Variación acumulada en el Índice de Productividad del Sector Eléctrico.
Este valor se encuentra dado por la resolución CREG 031 de 1997 y es equivalente a la variación del 1% anual.
IPC: Índice de Precios al Consumidor.
Este valor lo puede encontrar en el link Electricidad / Indicadores Económicos en la página web de la CREG.
5. Para el cálculo de T, qué fórmula se usa? o es el costo promedio por uso del STN, si es así ¿cuales son los cargos aprobados para STN y quién los aprueba?.
En relación con el cargo de transmisión, con éste se remunera el costo promedio por uso del Sistema de Transmisión Nacional ($/kWh) (líneas ³ 220 kV), pagando los costos de las líneas de transmisión, los transformadores y las subestaciones necesarias para llevar la energía desde las plantas de generación hasta las redes regionales de transmisión. Se determina de acuerdo con los Cargos por Uso del Sistema de Transmisión Nacional definidos por la CREG, Resolución CREG 103 de 2000 y es un cargo único que pagan todos los usuarios del país independientemente de su ubicación.
Conforme con las disposiciones de la Comisión, este cargo es calculado por el LAC (Liquidador y Administrador de Cuentas del Mercado Mayorista) y los valores de este cargo por empresa son publicados en la página de la Comisión en el link Electricidad / Costos Unitarios.
6. El costo de la distribución que está aprobado para el nivel de tensión uno, que son los sistemas menores e iguales a 1kw al cual pertenece los usuarios Residenciales, no tiene formula? Ustedes lo definen teóricamente en el punto 2.3 del documento enviado. Si existe fórmula o algún procedimiento háganmelo Saber.
En cuanto al cargo de distribución, la metodología general que establece la remuneración de los Activos de uso de los Sistemas de Transmisión Regional STR y Sistemas de Distribución Local es la Resolución CREG 082 de 2002. Con base en esta resolución marco, a cada operador de Red se le aprobó en resolución particular su respectivo cargo. Estos puede encontrarlos en la página web de la Comisión en el link normas en el año 2003.
De todas maneras, si usted desea saber cuáles son los costos unitarios y tarifas publicadas por empresa desde el año 1998 hasta la fecha, en la página de la Comisión en el link Electricidad / Estadísticas podrá encontrar dicha información.
En los anteriores términos damos por atendida su solicitud. Los conceptos aquí emitidos tienen el alcance previsto en el artículo 25 del Código Contencioso Administrativo.
Cordialmente,
CAMILO QUINTERO MONTAÑO
Director Ejecutivo