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CONCEPTO 1815 DE 2008

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS - CREG

XXXXXXXXXXXXXXX

Asunto:Su comunicación vía correo electrónico del día 30/05/2008
Radicado CREG E-2008-004347

Respetado XXXXX:

Con respecto a su comunicación enviada vía correo electrónico el 30/05/2008, cuyo texto es:

“MUY RESPETUOSAMENTE ME DIRIJO A USTEDES, CON LA INQUIETUD DE SABER SI LA CREG YA HA EMITIDO LA REGULACIÓN PERTINENTE A LOS ANILLOS DE SEGURIDAD CONTEMPLADOS EN EL CARGO POR CONFIABILIDAD, EN DONDE SE NORMATIZA LAS REGLAS PARTICULARMENTE PARA LAS SUBASTAS DE RECONFIGURACIÓN, DEMANDA DESCONECTABLE VOLUNTARIAMENTE Y GENERACIÓN DE ÚLTIMA INSTANCIA…”

Le informamos que por medio de la Resolución CREG-071 de 2006 se adoptó la metodología para la remuneración del Cargo por Confiabilidad en el Mercado Mayorista de Energía y dentro de la cual en su Capítulo VII, se regula lo pertinente a los Anillos de Seguridad para las Obligaciones de Energía Firme.

Frente a los Anillos de Seguridad y la solicitud que usted nos realiza se tiene lo siguiente:

- Mercado Secundario de Energía Firme: regulado por medio de la Resolución CREG-071 de 2006.

- Subastas de Reconfiguración: regulado por medio de la Resolución CREG-071 de 2006.

- Demanda Desconectable Voluntariamente: Se encuentra en desarrollo por parte de la Comisión, la regulación pertinente que permita la implementación de este Anillo de Seguridad.

- Generador de Última Instancia: regulado por medio de la Resolución CREG 071 de 2006.

La resolución CREG-071 de 2006 se encuentra disponible en la página WEB de la Comisión compilada hasta la Resolución CREG-040 de 2008.

En el enlace www.creg.gov.co/cxc/ podrá encontrar información adicional referente al Cargo por Confiabilidad y la relación de las resoluciones y circulares que la Comisión ha emitido a la fecha al respecto.

Cordialmente,

HERNÁN MOLINA VALENCIA

Director Ejecutivo

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