CONCEPTO 1464 DE 2007
(30 mayo)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS - CREG
Bogotá D. C.,
XXXXXXXXXXXXXXX
Asunto: Su comunicación recibida el 20 de Abril de 2007
Radicado CREG E-2007-003552
Respetado XXXXX:
En la comunicación enunciada en el asunto formula usted una pregunta a la Comisión sobre el tema de energía reactiva, la cual transcribimos a continuación y posteriormente contestamos:
Por medio de la presente me permito presentarle una consulta relacionada con los flujos de potencia reactiva entre agentes o en fronteras, principalmente asociado a la preocupación del cargo que se asocia o aplica por la violación de exceso sobre 50 % de la magnitud de la potencia reactiva en comparación con la activa, para un período de tiempo determinado…
… (Plantea el problema)
De los problemas planteados se observa cómo los costos siempre los asume el operador de red 2, y no se reconoce hasta la fecha una manera de remunerar este servicio de potencia reactiva que el sistema impone en la frontera y que afecta al operador de red, y al cual sin ningún tipo de control se ve expuesto o sometido.
En las Figura 2, Figura 3, Figura 4 y Figura 5 se presentas los flujos de carga de un modelo de red con datos típicos de redes eléctricas para mostrar el problema técnico.
Si se conoce la causa técnica del problema que ocasiona el intercambio de potencia reactiva mayor al 50 % de potencia activa en la frontera del OR se puede trasladar el costo de esta potencia a los generadores o a las cargas embebidas aguas abajo del intercambio entre las OR´s?,
La composición de la infraestructura interna de un OR y por tanto a los efectos que esta composición puedan causar en otros sistemas de otros OR's a los cuales se conecta y aún en el sistema propio, debe el OR al cual se le presenta esta situación, tomar medidas para minimizar o cancelar estos efectos, ej. Reconfiguración de las redes, manejo de la demanda o proyectos de compensación.
o este costo como se define de acuerdo a la resolución, siempre lo asume el operador de red al cual se le asocia un consumo de potencia activa y reactiva sobre el cual no tiene control y que es independiente del operador de red en sí? (cómo se compensa al OR´s?).
Seria factible que un operador de red presente proyectos, por ejemplo: de compensación reactiva, buscando soportar o tener el control de flujo de potencia reactiva no deseado como se detalló en el documento?
Agradeciendo los comentarios que la CREG pueda transmitirme en términos de la vulnerabilidad identificada que se percibe para algunos operadores de red y sobre el cual la reglamentación no tiene mecanismo de compensación definido.
Dichos proyectos pueden presentarse a la CREG para estudiar su remuneración en los términos que plantea la resolución CREG 082 de 2002 y aquellas que la complementen.
Espero que esta información sea de su utilidad y estamos atentos a resolver cualquier inquietud adicional.
Cordialmente,
CAMILO QUINTERO MONTAÑO
Director Ejecutivo