BUSCAR search
ÍNDICE developer_guide
MEMORIA memory
DESARROLLOS attachment
MODIFICACIONES quiz
CONCORDANCIAS quiz
NOTIFICACIONES notifications_active
ACTOS DE TRÁMITE quiz

CONCEPTO 1170 DE 2019

(febrero 27)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS - CREG

Bogotá, D.C.,

XXXXXXXXXXXXXXX

Asunto: Su consulta enviada vía correo electrónico.

Radicado CREG E-2019-001170

Respetado señor XXXX:

Hemos recibido su comunicación radicada con el número de la referencia en la que nos consulta lo siguiente:

“La empresa Logigas Colombia S.A. E.S.P. constituida legalmente en Colombia; actualmente tiene dentro de su plan de expansión y tiene la disposición de prestar el servicio de gas combustible por redes de distribución mediante el sistema de G.L.P. en los centros poblados de Remolinos, Guadalupe Y La Balsa del Municipio de Puerto López Meta

Somos conocedores que actualmente en el municipio de Puerto López Meta se encuentra el distribuidor local LLANOGAS S.A. E.S.P. exclusivamente en la zona urbana y que mediante resolución CREG 048 DEL 1 DE JUNIO DE 2004 fueron asignados cargos para el mercado Relevante de Puerto López Meta. Solicitado por la empresa MADIGAS INGENERIOS S.A. E.S.P.

(…)

Elevamos a esta Comisión la siguiente consulta para que sea remitida a la empresa Llanogas SA ESP y sean ustedes garantes de la libre competencia y el no fomento de los monopolios:

La empresa Gases del Llano SA ESP o su filial Llanogas SA ESP ¿tiene dentro de su plan de expansión los centros poblados de Remolinos, Guadalupe Y La Balsa del Municipio de Puerto López Meta. ?; de ser así indicar una fecha aproximada razonable e indicar si la infraestructura para la prestación del servicio estaría financiada con recursos del erario Público o con recursos propios.”

En atención a su solicitud, entendiendo que su petición hace referencia al plan de expansión de la empresa LLANOGAS S.A. E.S.P. para la prestación del servicio de gas combustible por redes de tubería en el municipio de Puerto López, Departamento del Meta y, teniendo en cuenta que esta Comisión no cuenta con dicha información, daremos traslado de su solicitud a dicha empresa para lo de su competencia.

Cordialmente,

CHRISTIAN JARAMILLO HERRERA

Director Ejecutivo

×
Volver arriba