CONCEPTO 480 DE 2022
(febrero 14)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS - CREG
Asunto: Correo electrónico de diciembre 27 de 2021.
Radicado CREG: E-2021-015539
Respetado señor:
Recibimos el correo de la referencia en el cual, en relación con respuestas de la Comisión a comunicaciones anteriores, el señor David Fernando Zaidiza plantea lo siguiente:
por favor díganos cuales el organismo que tiene esta norma acreditada en ensayos y alcance, desde hace unos 3 o 4 años ONAC cambio la forma de acreditar los organismo y los alcances, por favor dado que ustedes hicieron la reunión con ONAC, por favor díganos cual organismo tiene el alcance para ensayaos y para certificar.
En respuesta a su pregunta reiteramos lo señalado en comunicaciones anteriores, en el sentido de que antes de adoptar las medidas contenidas en la Resolución CREG 034 de 2014, la Comisión verificó que existieran entes certificadores y laboratorios acreditados para las normas que se estaban considerando en la propuesta. Al respecto puede consultar el Documento CREG 006 de 2012, Anexo 3, que acompaña la Resolución CREG 020 del mismo año, mediante la cual se consultó la propuesta regulatoria.
Destacamos que es la ONAC la entidad competente para atender cualquier solicitud relativa a los entes acreditados para certificar conforme a normas técnicas. En consecuencia, y en tanto que la Comisión no cuenta con un listado de entes acreditados actualizado, sugerimos que remita su consulta a dicha entidad, especificando las normas respecto de las cuales requiere la información, o que consulte la información en la página web de la ONAC.
De esta forma damos respuesta a su comunicación. Este concepto tiene el alcance previsto en el artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
Cordialmente,
JORGE ALBERTO VALENCIA MARÍN
Director Ejecutivo