CONCEPTO 328 DE 2014
(enero)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS - CREG
Bogotá, D.C.,
XXXXXXXXXXXXXXX
Asunto: Su comunicación del 14/01/2014
Radicado CREG E-2014-000328
Respetado XXXXX:
Hemos recibido su comunicación radicada con el número de la referencia, en la que nos extiende su pregunta presentada mediante radicado CREG-E-2013-00 la cual fue resuelta mediante comunicación S-2013-011395, en relación con las fórmulas de actualización del cargo de distribución y comercialización establecidas en el numeral 7.8 y el artículo 24 de la Resolución CREG 011 de <sic, es 2003> 2013. Su pregunta es la siguiente:
“Gracias por su respuesta, pero quiero indicar que esta no fue emitida en la totalidad de las inquietudes allí formuladas:
Pretendo conocer desde cuando inicia el mes uno (1) en la fórmula, lo cual no se indica. allí me informan que se tiene en cuenta los meses transcurridos desde la entrada en vigencia de la resolución que es desde la publicación en el diario oficial, lo cual es aclaratorio, pero no me dice si inicio en este mes (mes publicación en diario oficial) como el mes uno (1) o este sería el mes cero (0)”.
Con respecto a su inquietud, reiteramos lo manifestado en la comunicación S-2013-0011395, en donde se le indicó que de acuerdo con lo dispuesto en el numeral 7.8 de la Resolución CREG 011 de 2003, la variable número de meses transcurridos, nm, tiene en cuenta el número de meses desde la entrada en vigencia de la Resolución particular que establece el cargo promedio de distribución al respectivo mercado relevante de distribución, la cual corresponde a la fecha de publicación de ésta en el Diario Oficial.
“7.8 FÓRMULA DE ACTUALIZACIÓN DE CARGOS PROMEDIO DE DISTRIBUCIÓN
Los Cargos Promedio de Distribución aprobados en resoluciones particulares de la CREG, expresados en pesos de la Fecha Base, se actualizarán mes a mes de acuerdo con la siguiente fórmula general:
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donde,
| Cargo Promedio de Distribución correspondiente al mes m de prestación del servicio. | |
| Cargo Promedio de Distribución aprobado por resolución de la CREG y expresado en precios de la Fecha Base. | |
| Índice de Precios al Productor Total Nacional reportado por el Banco de la República para el mes (m-1). | |
| Índice de Precios al Productor Total Nacional reportado por el Banco de la República para la Fecha Base del cargo por distribución D0. | |
| XD = | Factor de productividad mensual de la actividad de Distribución equivalente a 0.00106. Dicho factor aplicará a partir de la entrada en vigencia de la resolución que establece el Cargo Promedio de Distribución para cada mercado. |
| Número de meses transcurrido desde la entrada en vigencia de la resolución que establece el Cargo Promedio de Distribución para cada mercado hasta el mes m”. |
Ahora y para su mejor entendimiento damos como ejemplo una resolución particular de aprobación de cargos de distribución que fue publicada en Diario Oficial en junio de 2013. En este caso la fórmula de actualización establecida en el numeral 7.8 de la Resolución CREG 011 de 2013, comenzaría a utilizarse en el mes de julio de 2013. Por lo tanto, será este mes de julio el primer mes de actualización y la variable nm correspondiente será el valor de 1, en el mes de agosto el nm será igual a 2 y así sucesivamente.
Cordialmente,
GERMAN CASTRO FERREIRA
Director Ejecutivo