CIRCULAR 330 DE 2026
(agosto 19)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
<Publicado en la página web de la CREG: 19 de agosto de 2026>
COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS - CREG
Bogotá, D. C.,
| Para: | Empresas Distribuidoras-Comercializadoras y Comercializadoras que prestan los Servicios Públicos Domiciliarios de Electricidad y Gas Combustible. |
| De: | Dirección Ejecutiva. |
| Asunto: | Solicitud de remisión a la CREG de los estudios de costos de facturación conjunta del servicio de aseo y alcantarillado. |
La Resolución CREG 006 de 2000 reglamentó el Decreto 2668 de 1999 en relación con el cobro de los costos de facturación conjunta de los servicios de aseo y alcantarillado por parte de las empresas prestadoras de los servicios de electricidad y gas combustible.
En la citada resolución se ordenó a las empresas distribuidoras-comercializadoras y comercializadoras de electricidad y gas combustible realizar sus estudios de costos de facturación conjunta, publicarlos e informarlos a la CREG a más tardar el 31 de diciembre de 2000.
Actualmente la CREG se encuentra revisando la información relacionada con los costos de facturación conjunta, por lo que en uso de la facultad selectiva que le otorga el artículo 73 de la Ley 142 de 1994, solicita a las empresas distribuidoras-comercializadoras y comercializadoras que prestan los servicios públicos de electricidad y gas combustible y tienen vigentes convenios de facturación conjunta del servicio de aseo y alcantarillado, remitir los estudios de costos actualizados con corte a diciembre de 2025.
Para tal fin, las empresas contarán con un término de quince (15) días hábiles a partir de la expedición de esta circular, para remitir la información al correo creg@creg.gov.co con el asunto: Estudios de costos de facturación conjunta.
Cordialmente,
ADRIANA MARÍA JIMÉNEZ DELGADO
Directora Ejecutiva