CIRCULAR 307 DE 2026
(julio 3)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
<Publicado en la página web de la CREG: 3 de julio de 2026>
COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS - CREG
Bogotá, D. C.,
| Para: | Gobernadores, Alcaldes, Personeros, Comités de Vocales de Control, usuarios de gasolina motor corriente y ACPM-DIÉSEL y sus mezclas con biocombustibles, agentes, gremios, entidades y demás interesados. |
| De: | Dirección Ejecutiva |
| Asunto: | Novedades Audiencia Pública en Cartagena para la socialización de la propuesta regulatoria “Por la cual se establece la remuneración del inventario mínimo obligatorio en almacenamiento operativo de los refinadores e importadores y del inventario mínimo obligatorio en almacenamiento comercial del distribuidor mayorista” |
La Dirección Ejecutiva de la Comisión de Regulación de Energía y Gas – CREG - informa que la audiencia en la ciudad de Cartagena se realizará el 10 de julio de 2026 de 9:00 a.m. a 11:00 a.m. en el Salón Cartagena de Indias, Hotel Movich, Centro Histórico, Calle de Vélez Danies, N° 4 – 39.
Recordamos a los interesados en asistir a la socialización de Cartagena que deberán inscribirse a través del portal web: www.creg.gov.co en la sección de calendario de eventos, o en el siguiente enlace:
Cartagena:
https://creg.gov.co/calendario/193/cartagena-audiencia-sobre-la-remuneracion-de-inventarios-minimos-obligatorios-del-mercado-mayorista-de-combustibles-liquidos/
Con respecto a la audiencia de Bogotá, se mantienen los lineamientos establecidos en la Circular CREG 297 de 2026:
https://gestornormativo.creg.gov.co/gestor/entorno/docs/originales/Circular_CREG_297_2026/index.htm
Cordialmente,
ANTONIO JIMÉNEZ RIVERA
Director Ejecutivo