CIRCULAR 273 DE 2026
(abril 24)
<Publicado en la página web de la CREG: 24 de abril de 2026>
COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS - CREG
Bogotá, D. C.,
| Para: | Agentes de la Cadena de Combustibles Líquidos (Productores, refinadores e importadores de combustibles líquidos, distribuidores mayoristas y minoristas, transportadores, operadores logísticos, gremios del sector, autoridades y demás interesados) |
| De: | Dirección Ejecutiva. |
| Asunto: | Publicación del Documento de Análisis de Impacto Normativo 3, sobre Publicación del Documento de Análisis EX post del Esquema de marcación de Combustibles Líquidos, según lo establecido en la Resolución MME 40193 de 2021. |
La Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG), hace público el documento de Análisis de Impacto Normativo (AIN): “Análisis Ex Post del esquema de marcación de combustibles líquidos en Colombia.” aprobado para publicación en sesión CREG 1450 del 18 de abril de 2026.
Este análisis se realiza en el marco de las funciones delegadas a la Comisión mediante la Resolución 40193 de 2021 del Ministerio de Minas y Energía y del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, mediante la cual se asignó a la CREG la competencia para establecer metodologías para la determinación de las tarifas y márgenes asociados a las actividades de la cadena de combustibles líquidos, incluyendo las estrategias de marcación de combustibles.
El documento presenta los antecedentes regulatorios y operativos del esquema de marcación de combustibles líquidos, así como una evaluación de su funcionamiento, incluyendo aspectos relacionados con las actividades que componen la marcación, su estructura de costos y el mecanismo de remuneración asociado. Igualmente, se analizan los resultados observados del esquema, en el marco del desarrollo de los elementos que hacen parte del análisis de impacto normativo (AIN) correspondiente al documento 3.
Los agentes de la cadena de combustibles líquidos y demás interesados podrán enviar sus comentarios al correo creg@creg.gov.co identificando en el asunto “Documento de análisis ex post del esquema de marcación de combustibles líquidos”, por el término de treinta (30) días hábiles, contados a partir de la fecha de su publicación.
Cordialmente,
ANTONIO JIMÉNEZ RIVERA
Director Ejecutivo