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CIRCULAR 67 DE 2010

(14 diciembre)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS - CREG

Para:Empresas comercializadoras del servicio de energía eléctrica.
De:Dirección Ejecutiva Comisión de Regulación de Energía y Gas - CREG.
Asunto:Solicitud de información.

La Dirección Ejecutiva de la Comisión de Regulación de Energía y Gas, con el fin de continuar con los estudios necesarios para establecer la metodología para determinar el cargo de comercialización, solicita a las empresas que desarrollan la actividad de comercialización de energía eléctrica a usuarios regulados, el diligenciamiento de los formularios “Costos de gestión de pérdidas” y “Giro de Subsidios”, contenidos en el archivo adjunto. La información debe estar suscrita por el representante legal y debidamente certificada por el contador y el revisor fiscal.

La información del formulario “Costos de gestión de pérdidas” debe diligenciarse incorporando todos los costos y gastos relacionados con la gestión de pérdidas que hayan sido asignados a la actividad de comercialización en el Sistema Unificado de Información de Costos y Gastos por Actividades, para los años 2006, 2007, 2008, y 2009, e indicando si los mismos habían sido incluidos en la información del formato “Costos de Comercialización” reportada en respuesta a las Circulares CREG 017 de 2007, 048 de 2008, 008 de 2009, y 053 de 2010.

Para los años 2006, 2007, 2008, 2009 y lo corrido de 2010, en el formulario “Giro de Subsidios” deben reportarse los subsidios y contribuciones mensuales, para el mercado de comercialización del cual es incumbente, especificando la fecha de giro de los recursos por parte del gobierno nacional.

El archivo diligenciado en Excel debe reportarse a la CREG a más tardar el 2 de noviembre de 2010 al correo electrónico creg@creg.gov.co

Cordialmente,

JAVIER AUGUSTO DÍAZ VELASCO

Director Ejecutivo

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