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CIRCULAR 60 DE 2011

(octubre 7)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS - CREG

Bogotá,

PARA:COMERCIALIZADORES DE ENERGÍA ELÉCTRICA  
DE:DIRECTOR EJECUTIVO DE LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS, CREG
ASUNTO:INFORMACIÓN COSTOS FACTURACIÓN Y RECAUDO IMPUESTO DE ALUMBRADO PÚBLICO.

La Dirección Ejecutiva de la Comisión de Regulación de Energía y Gas se permite solicitar a los comercializadores de energía eléctrica que realicen la facturación y recaudo del impuesto de alumbrado público, en conjunto con el servicio de energía eléctrica, que remitan la información correspondiente al valor contractualmente pactado por la prestación del servicio de i) facturación y envió de la factura del respectivo impuesto al usuario final y ii) recaudo de dicho impuesto.

Esta información debe ser presentada por municipio y si es del caso por cabecera municipal o por corregimiento.

La información deberá enviarse a la CREG a más tardar el 14 de octubre de 2011 y remitiéndolo al correo electrónico creg@creg.gov.co

Cordialmente,

JAVIER AUGUSTO DÍAZ VELASCO

Director Ejecutivo

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