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CIRCULAR No. 038 DE 2002

(Octubre 2)

PARA: GERENTES DE LAS EMPRESAS DISTRIBUIDORAS DEL SECTOR

ELÉCTRICO

DE: DIRECCIÓN EJECUTIVA DE LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE

ENERGÍA Y GAS

ASUNTO: REPORTE DE UNIDADES CONSTRUCTIVAS

Fecha: Octubre 02 de 2002

Considerando las inquietudes de algunos Operadores de Red en relación con el reporte de las Unidades Constructivas de que tratan las circulares 019, 025, 027 y 029, la CREG ratifica lo siguiente:

- Los OR's en sus reportes de Unidades Constructivas deben incluir la totalidad de los activos de terceros que se encuentran en sus sistemas.

- Hacen parte de los activos de terceros, aquellos que se utilizan para acceder al STN o a otros STR´s y/o SDL's, independientemente de que hoy en día estos activos se estén o no remunerando vía contratos de conexión.

Tal como se indica en el instructivo, en las observaciones se debe especificar el nombre del propietario de la respectiva Unidad Constructiva. Adicionalmente, en caso de que el activo del tercero se remunere vía un contrato de conexión, se debe señalar este evento

Cordialmente,

JAIME ALBERTO BLANDÓN DÍAZ

Director Ejecutivo

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