CIRCULAR 28 DE 1995
(octubre 12)
<Fuente:Archivo interno entidad emisora>
COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS
| PARA: | GERENTES DE l_AS EMPRESAS DISTRIBUIDORAS DE ENERGIA ELECTRICA |
| DE: | EVAMARIA URIBE TOBON Director Ejecutivo |
| FECHA: | 12 de octubre de 1995 |
| ASUNTO: | “Instructivo para la recolección de información del servicio de energía eléctrica” - CREG |
Apreciado doctor
Dado que algunas empresas aún no han reportado la información del primer semestre del año 95, nos permitimos comunicarle que el plazo máximo que tienen las empresas para diligenciar y enviar esta información a la CREG es el día 15 de Noviembre.
El “Instructivo para la recolección de información del servicio de energía eléctrica” es el documento oficial para la recolección de la información por parte de la CREG quien, conforme a la Ley 142 (art 73.26), tiene legalmente la potestad para hacerlo y no ha delegando en ningún tercero tal procedimiento.
Dicho documento deberá ser, por tanto, diligenciado y enviado en adelante semestralmente a la CREG, conforme a los lincamientos establecidos en el instructivo y sus anexos aclaratorios, así:
- Antes del 1 de marzo con la información, en medio magnético, correspondiente al segundo semestre del año inmediatamente anterior.
- Antes del 1 de septiembre con la información, en medio magnético, correspondiente al primer semestre del respectivo año.
Cualquier cambio en dicho instructivo o procedimiento se producirá de común acuerdo con las empresas del sector, previo consenso.
De otro lado, nos permitimos comunicarle que la CREG ha adelantado reuniones con otras entidades del sector entre otras UIME UPME, SSPD, DNP, en procura de un proceso concertado para reducir las solicitudes de información a las empresas para que estas reporten menos formatos diversos, pero con una excelente calidad de información.
Cordialmente,
EVAMARIA URIBE TOBON
Director Ejecutivo (E)