CIRCULAR No. 024 DE 2002
(Julio 12)
PARA: COMERCIALIZADORES DE ENERGIA ELECTRICA Y DISTRIBUIDORES-
COMERCIALIZADORES DE GAS COMBUSTIBLE POR RED DE DUCTOS.
DE: DIRECCIÓN EJECUTIVA
REF: ALCANCE CIRCULAR 023, SOLICITUD DE INFORMACIÓN
FECHA: Julio 12 de 2002
Comedidamente, damos alcance a la Circular 023, del pasado 8 de julio de 2002, con el fin de aclarar la forma como se debe presentar la siguiente información:
1. Periodo de la Información: los agentes deberán reportar la información solicitada en la Circular citada, por periodos anuales comprendidos entre el 1o. de enero y el 31 de diciembre, para los años 2000 y 2001.
2. Inversión en recursos de capital y humano para cada tipo de oficina de atención al público: las empresas reportarán esta información en forma desagregada, para cada uno de los siguientes rubros correspondientes a la actividad de atención a los usuarios: Inversión y Gastos de Administración, Operación y Mantenimiento. Esta información deberá ser reportada por periodos anuales, comprendidos entre el 1o. de enero y el 31 de diciembre para los años 2000 y 2001. Para el caso de inmuebles destinados a oficinas de atención al público, se deberá señalar si estos están incluidos en la inversión o en los gastos de AOM y el valor de los mismos según sea el caso.
La anterior información debe estar disponible en la CREG a más tardar el próximo 19 de julio de 2002, enviado a través de medio electrónico, al correo: creg@creg.gov.co.
Atentamente,
RICARDO RAMÍREZ CARRERO
Director Ejecutivo (E)