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CIRCULAR 21 DE 2013

(mayo 6)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS - CREG

Bogotá D.C.

PARA: TERCEROS INTERESADOS
DE: DIRECCIÓN EJECUTIVA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS, CREG
ASUNTO: PUBLICACIÓN DE LAS DEMANDAS ESPERADAS DE CAPACIDAD Y DE VOLUMEN REPORTADAS POR PROGASUR S.A. E.S.P. PARA EL GASODUCTO TANE/CÁCOTA – PAMPLONA PREVISTO EN LA RESOLUCIÓN CREG 126 DE 2010. (Expediente 2012-0112)

De conformidad con el artículo 25 de la Resolución CREG 126 de 2010, Promotora de Gases del Sur S.A. E.S.P, PROGASUR S.A. E.S.P., presentó a la CREG el proyecto de gasoducto de red tipo II de transporte denominado gasoducto Tane/Cácota – Pamplona. Según Progasur a través de este gasoducto se realizará el suministro de gas natural al municipio de Pamplona en el departamento de Norte de Santander.

Dado que en el proceso previsto en el artículo 25 de la Resolución CREG 126 de 2010 hubo un solo participante (i.e. PROGASUR S.A. E.S.P.) le corresponde a la CREG aprobar los cargos regulados para el gasoducto denominado Tane/Cácota – Pamplona.

De conformidad con el literal b) del artículo 9 de la Resolución CREG 126 de 2010, y atendiendo el numeral 87.1 del artículo 87 de la Ley 142 de 1994, la Dirección Ejecutiva de la Comisión de Regulación de Energía y Gas hace público en el anexo de esta Circular el reporte de las demandas esperadas de capacidad y de volumen presentado por la empresa PROGASUR para el proyecto Tane/Cácota – Pamplona.

Durante los quince (15) días hábiles siguientes a la publicación de esta Circular, los terceros interesados podrán enviar preguntas y comentarios a la CREG en relación con las proyecciones de demandas presentadas por PROGASUR. De acuerdo con el literal c) del artículo 9 de la Resolución CREG 126 de 2010, se dará traslado de aquéllas al transportador para que, en un término máximo de (15) días hábiles siguientes a su recibo, responda las preguntas y se pronuncie sobre los comentarios.

Cordialmente,

CARLOS FERNANDO ERASO CALERO

Director Ejecutivo (E)

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