CIRCULAR No. 020 DE 2003
(Julio 8)
PARA: EMPRESAS PRESTADORAS DEL SERVICIO PÚBLICO DOMICILIARIO
DE ENERGÍA ELÉCTRICA
DE: DIRECCIÓN EJECUTIVA DE LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE
ENERGÍA Y GAS
ASUNTO: Reporte de Información Tributos Departamentales y Municipales
FECHA: BOGOTÁ D.C., 08 de julio de 2003
Con el fin de estudiar el impacto de los tributos sobre las finanzas de las Empresas Prestadoras del Servicio Público Domiciliario de Energía, la Dirección Ejecutiva de la Comisión de Regulación de Energía y Gas, de conformidad con la competencia otorgada por el inciso final del Artículo 73 de la Ley 142 de 1994, se permite solicitar a estas empresas, el reporte de todos los tributos (impuestos, tasas, contribuciones) de orden Departamental y Municipal a los que están sujetas.
Asimismo, la Dirección Ejecutiva se permite establecer el mecanismo que se debe utilizar para efectos de reportar dicha información.
1. Formatos
En la aplicación de "Impuestos" con que cuenta la CREG, se deberá reportar la siguiente información:
Tipo de Tributo: Departamental o Municipal
Clase: Impuesto, Tasa o Contribución
Hecho Generador
Base gravable
Tarifa
Plazos para el pago y declaración
El Departamento y Municipio que lo aplica
Número de Ordenanza o Acuerdo Municipal
Fecha de Expedición
Valor Cancelado Anual
2. Plazo
Para el reporte de información, las empresas deberán tener en cuenta las siguientes fechas:
- a más tardar el 15 de julio de 2003, la información del año 2002.
- a más tardar el 31 de julio de 2003, la información de los años
comprendidos entre 1998 a 2001.
Para lo cual la CREG ha dado el respectivo acceso a la aplicación.
Agradecemos de antemano su colaboración sobre el particular.
Cordialmente,
JAIME ALBERTO BLANDÓN DÍAZ
Director Ejecutivo