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CIRCULAR 18 DE 2024

(marzo 12)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS - CREG

Bogotá, D. C.,

PARA:Transmisores Nacionales y Operadores de Red
DE:Dirección Ejecutiva
ASUNTO:Información de gastos de AOM del año 2023

Se informa a los TN y a los OR que la información de AOM correspondiente al año 2023 debe ser diligenciada utilizando los formatos publicados con las circulares CREG 010 y 011 de 2017, y entregarse, junto con el informe del auditor, en el plazo señalado en la Resolución CREG 024 de 2012, esto es, a más tardar el 30 de abril de 2024.

Para los OR, se informa que el cálculo del porcentaje de AOM a reconocer previsto en esos formatos no se requiere.

Cordialmente,

OMAR PRIAS CAICEDO

Director Ejecutivo

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