CIRCULAR 18 DE 2012
(9 mayo)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS - CREG
Bogotá D.C.
| PARA: | EMPRESAS COMERCIALIZADORAS DEL SERVICIO DE ENERGÍA ELÉCTRICA |
| DE: | DIRECCIÓN EJECUTIVA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS - CREG |
| ASUNTO: | SOLICITUD DE INFORMACIÓN |
La Dirección Ejecutiva de la Comisión de Regulación de Energía y Gas, con el fin de continuar con los estudios necesarios para establecer la metodología para determinar el cargo de comercialización de energía eléctrica, se permite solicitar a las empresas que desarrollan la actividad de comercialización a usuarios regulados, el diligenciamiento de los formularios “Costos de Comercialización”, “Cuentas por Cobrar”, “Usuarios Regulados Desconectados”, “Costos Gestión de Pérdidas” contenidos en el archivo “Comercialización_2011”, el cual fue publicado por la CREG en su página web. Con excepción del formulario “Usuarios Regulados Desconectados”, la información debe corresponder al año 2011 y estar suscrita y debidamente certificada por el representante legal, y por el contador y el revisor fiscal cuando haya lugar a ello.
La información del formulario “Costos Gestión de Pérdidas” debe diligenciarse incorporando todos los costos y gastos relacionados con la gestión de pérdidas que hayan sido asignados a la actividad de comercialización en el Sistema Unificado de Información de Costos y Gastos por Actividades, para el año 2011, indicando si los mismos se están incluyendo en la información del formato “Costos de Comercialización”.
La información debe reportarse a la CREG a más tardar el 11 de mayo de 2012 diligenciando el archivo adjunto y remitiéndolo al correo electrónico creg@creg.gov.co.
Cordialmente,
GERMÁN CASTRO FERREIRA
Director Ejecutivo