CIRCULAR 12 DE 2023
(febrero 15)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS - CREG
Bogotá D.C.,
| PARA: | TRANSMISORES NACIONALES Y OPERADORES DE RED |
| DE: | DIRECCIÓN EJECUTIVA |
| ASUNTO: | INFORMACIÓN DE GASTOS DE AOM DEL AÑO 2022 |
Se informa a los TN y a los OR que la información de AOM correspondiente al año 2022 debe ser diligenciada utilizando los formatos publicados con las circulares CREG 010 y 011 de 2017, y entregarse, junto con el informe del auditor, en el plazo señalado en la Resolución CREG 024 de 2012, esto es, a más tardar el 30 de abril de 2023.
Para los OR, se informa que el cálculo del porcentaje de AOM a reconocer previsto en esos formatos no se requiere.
Cordialmente,
NATASHA AVENDAÑO GARCÍA
Directora Ejecutiva Suplente