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CIRCULAR No. 010 DE 2002

(Marzo 8)

PARA: EMPRESAS DISTRIBUIDORAS DE GLP EN CILINDROS Y TANQUES

ESTACIONARIOS

DE: DIRECCIÓN EJECUTIVA

ASUNTO: MECANISMO DE INSCRIPCIÓN, VOTACIÓN Y ELECCIÓN DE LOS DOS

REPRESENTANTES DE LAS EMPRESAS DISTRIBUIDORAS DE GLP EN

EL COMITÉ DE FIDUCIARIO DE ADMINISTRACIÓN DE LOS RECURSOS

DEL MARGEN DE SEGURIDAD

FECHA: 8 DE MARZO DE 2002

Durante los días 19, 22 y 26 de febrero de 2002 se llevaron a cabo las reuniones de búsqueda concertada de mecanismos de participación de las empresas distribuidoras de GLP en el recaudo y la administración de los recursos del Margen de Seguridad.

Como resultado de las mismas, se concertó la participación de los distribuidores de GLP a través su representación en el Comité de Fiduciario previsto dentro del mecanismo de recaudo y administración de los recursos de este margen, del que trata la Resolución CREG-010 de 2002. Para esta primera elección la CREG servirá como entidad facilitadora del proceso, prestando el servicio logístico y de divulgación necesario para el adecuado flujo de información. El procedimiento de inscripción de candidatos, votación y elección se describe a continuación:

1. Según lo establecido por la Resolución CREG-010 de 2002, el nuevo Comité Fiduciario encargado de administrar los recursos del margen de seguridad en los términos de la citada resolución, tendrá un plazo máximo de tres meses para conformarse.

2. Harán parte de este Comité Fiduciario dos representantes de las empresas distribuidoras de GLP quienes, de acuerdo con lo concertado, serán elegidos por votación popular de los representantes legales de las mismas.

3. Podrán ser elegibles como representantes en el Comité Fiduciario las personas que obtengan el respaldo de los representantes legales de por lo menos cinco empresas distribuidoras de GLP en cilindros y/o tanques estacionarios. Para el efecto deberán informar a la CREG, por correo certificado o vía fax, su inscripción, acompañada de las correspondientes cartas de respaldo suscritas por los representantes legales de las empresas que respaldan su candidatura y sus respectivos Certificados de Existencia y Representación que los acredite como tales. Quedarán inscritos como candidatos aquellas personas que alleguen a la CREG la información citada antes de las 5:00 p.m. del 15 de marzo de 2002.

4. Una vez recibida esta información, la CREG publicará en su página de Internet (www.creg.gov.co) el listado de candidatos que participarán en la votación para ser representantes de las empresas distribuidoras en el Comité Fiduciario. Esta información estará disponible para todas las empresas distribuidoras por un término de mínimo quince días calendario.

5. Podrán participar en la votación los representantes legales de cada una de las empresas que se encuentren inscritas y registradas ante la Superintendecia de Servicios Públicos Domiciliarios – SSPD, teniendo cada una derecho a un voto.

6. Los representantes legales de las empresas distribuidoras podrán participar en la elección de sus representantes enviando a la CREG, vía correo certificado o vía fax, su voto por uno solo de los candidatos inscritos. La citada comunicación debe venir acompañada por el respectivo Certificado de Existencia y Representación que lo acredite como tal e indicar el número único de registro, NUIR, otorgado por la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios – SSPD a la empresa respectiva.

7. Sólo se tendrán en cuenta como votos válidos aquellos que cumplan con todos los requisitos indicados en el numeral anterior y que lleguen a la CREG antes de las 5:00 p.m. del 30 de marzo de 2002.

8. Una vez recibidos los votos se procederá al conteo de los mismos, el día 1 de abril de 2002 en las instalaciones de la CREG. De acuerdo con lo acordado con las empresas distribuidoras en las reuniones de concertación, este conteo será realizado por los doctores Jairo Uribe de Gases de Antioquia y Camilo Chaparro Director Ejecutivo de AGREMGAS, quienes estarán acompañados por un Experto Comisionado de la CREG quien servirá de testigo del proceso. Serán elegidos como representantes los dos aspirantes inscritos que obtengan el mayor número de votos. En caso de empate, la elección la hará el jurado, de manera aleatoria, entre los aspirantes con igual número de votos.

9. Una vez conocido el nombre de los dos representantes, la CREG los publicará en su página de Internet para conocimiento de todas las empresas distribuidoras.

El envío de la información requerida para la inscripción de candidatos y para la votación, deberá hacerse a la Calle 73 No. 7-06 Piso 5o. Bogotá D.C., cuando se utilice el correo certificado, o a los teléfonos 091-3105924, 091-3105937, 091-3105970 cuando se utilice la vía fax, atendiendo estrictamente las condiciones de fecha y hora límite correspondientes a cada proceso.

Cordialmente,

JAIME ALBERTO BLANDÓN DÍAZ

Director Ejecutivo (E)

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