CIRCULAR 6 DE 2023
(enero 30)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS - CREG
Bogotá, D.C.,
PARA: | DISTRIBUIDORES MINORISTAS EN ESTACIÓN DE SERVICIO AUTOMOTRIZ Y FLUVIAL DE GASOLINA MOTOR CORRIENTE Y DIESEL |
DE: | DIRECCIÓN EJECUTIVA |
ASUNTO: | PRÓRROGA CIRCULAR CREG 003 DE 2023 |
La Dirección Ejecutiva de la CREG se permite informar las nuevas fechas para la entrega de la información de gastos AOM solicitada en la Circular CREG 003 de 2023 así:
Los distribuidores minoristas en estación de servicio automotriz y fluvial deberán reportar la información de los gastos AOM de las vigencias 2018 hasta 2022, con fecha límite abril 3 de 2023.
Esta información debe ser enviada en los anexos adjuntos a la Circular CREG 003 de 2023 en formato xls y pdf al correo electrónico creg@creg.gov.co
Cordialmente,
JOSÉ FERNANDO PRADA RÍOS
Director Ejecutivo
Nota: En las siguientes páginas encontrará las firmas electrónicas asociadas a este documento.
Anexo: Formato AOM_804_Consolidado, Formato AOM_804_EDS, Manual Marco General.