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ACUERDO 1367 DE 2020

(octubre 30)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

<Esta norma no incluye análisis de vigencia>

CONSEJO NACIONAL DE OPERACIÓN - CNO

Por el cual se aprueba la ampliación del plazo para la realización de las pruebas de capacidad efectiva neta y consumo térmico específico de la unidad 3 de la planta de generación Termozipa

EL CONSEJO NACIONAL DE OPERACIÓN

en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas en el artículo 36 de la ley 143 de 1994, el anexo general de la Resolución CREG 025 de 1995 y su Reglamento Interno y según lo aprobado en la reunión no presencial número 618 del 30 de octubre de 2020 y,

CONSIDERANDO

1 Que mediante el Acuerdo 1330 de 2020 se aprobó el “Procedimiento para realizar la prueba de consumo térmico específico neto y capacidad efectiva neta de las plantas térmicas del SIN” y se fijó la periodicidad de realización de las mismas.

2 Que de acuerdo con lo previsto en el Acuerdo 1330 de 2020 "(...) las pruebas de consumo térmico específico neto y capacidad efectiva neta deberán realizarse como máximo cada cinco (5) años, contados a partir de la fecha de la realización de la última prueba auditada.”

3 Que los resultados de las pruebas de capacidad efectiva neta y consumo térmico específico de la unidad 3 de la planta de generación Termozipa están vigentes hasta el 31 de octubre de 2020.

4 Que EMGESA S.A. E.S.P. solicitó en el Subcomité de Plantas la ampliación del plazo hasta el 30 de noviembre de 2020 para la realización de las pruebas de capacidad efectiva neta y consumo térmico específico de la unidad 3 de la planta de generación Termozipa, debido a las restricciones que tiene el auditor para su desplazamiento por las medidas preventivas por el COVID 19, para la realización de la corrección de infiltraciones del aire APH, DNOx y lavado químico de la caldera.

5 Que el Subcomité de Plantas en la reunión 313 del 17 de junio de 2020 dio concepto favorable a la solicitud de ampliación del plazo para la realización de las pruebas de capacidad efectiva neta y consumo térmico específico de la unidad 3 de la planta de generación Termozipa, hasta el 30 de noviembre de 2020.

6 Que en la reunión 356 del 29 de octubre de 2020 del Comité de Operación, EMGESA S.A. E.S.P solicitó la ampliación del plazo inicialmente presentado en el Subcomité de Plantas para la realización de las pruebas de capacidad efectiva neta y consumo térmico específico de la unidad 3 de la planta Termozipa, hasta el 27 de febrero de 2021; teniendo en cuenta las limitaciones logísticas ante la implementación de protocolos de bioseguridad adicionales, enmarcados en la emergencia sanitaria del COVID-19, que dificultan la programación y ejecución de las pruebas de CEN y HR de la unidad 3 de Termozipa.

7 Que el Comité de Operación en la reunión 356 del 29 de octubre de 2020 dio concepto favorable a la nueva ampliación y recomendó la expedición del presente Acuerdo.

ACUERDA:

1 Aprobar la ampliación del plazo para la realización de la prueba de capacidad efectiva neta y consumo térmico específico de la unidad 3 de la planta de generación Termozipa hasta el 27 de febrero de 2021 y ampliar la vigencia de los resultados actuales hasta la misma fecha.

2 El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición.

Diego González

Presidente

Alberto Olarte Aguirre

Secretario Técnico

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