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ACUERDO 394 DE 2007

(mayo 31)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

<Esta norma no incluye análisis de vigencia>

CONSEJO NACIONAL DE OPERACIÓN - CNO

Por el cual se aprueba la actualización de series hidrológicas del
Sistema Eléctrico Colombiano

EL CONSEJO NACIONAL DE OPERACIÓN

en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas en el Artículo 36 de la ley 143 de 1994, la Resolución 8-0103 del 2 de febrero de 1995 del Ministerio de Minas y Energía, el Acuerdo CNO 157 DE 2001, el Anexo general de la Resolución CREG 025 de 1995, y según lo acordado en la reunión 253 de mayo 31 de 2007 y,

CONSIDERANDO:

1. Que el Acuerdo 010 del CNO estableció los plazos de envío de la información hidrológica de los agentes generadores hidráulicos del SIN;

2. Que el Acuerdo CNO 159 de agosto 30 de 2001 aprobó el procedimiento de actualización y modificación de la información hidrológica;

3. Que la empresa URRA S.A., E.S.P., mediante comunicación 2007-M-GTA número 44496, enviada a XM, reportó al CND la información histórica del año 2006, para la serie hidrológica de Urrá;

4. Que la empresa ISAGEN S.A., E.S.P., mediante comunicación 320-10245 del 26 de marzo de 2007, enviada a XM, reportó al CND la información histórica del año 2006, para las series hidrológicas asociadas a los embalses de San Carlos, Jaguas y Miell;

5. Que la empresa CHIVOR S.A. E.S.P., mediante comunicación GP-073-2007 de 29 de marzo de 2007, enviada a XM, reportó al CND la información histórica del año 200, correspondiente a los ríos aportantes a la central Chívor: Batá, Rucio, Negro y Tundita;

6. Que la CENTRAL HIDROLECTRICA DE BETANIA, mediante comunicación 0000586 de 21 de marzo de 2007, reportó al CNcona serie hidrológica de BETANIA, para el año 2006.

7. Que la empresa EMGESA, mediante comunicación GG-146-07 de 20 de marzo de 2007, reportó al CNO la serie hidrológica de Guavio, para el año 2006.

8. Que la empresa EEPPM, mediante comunicación 1353238 de 29 de marzo de 2007, enviada a XM, reportó al CND la información histórica del año 2006 para las series hidrológicas de Nare, Guatapé, Guadalupe, Grande, Tenche, Concepción, Porce2 y Porce 3.

9. Que la empresa CHEC S.A. E.S.P., mediante comunicación 414000-002-07-001890, del 7 de marzo de 2007, reportó al CNO la información histórica del año 2006 para las series hidrológicas de San Francisco, La Estrella, Fagua campoalegre, Campoalegre y Chinchiná.

10. Que la empresa EPSA S.A. E.S.P., mediante comunicación radicada en XM bajo el número 003254-3, reportó al CND la información histórica del año 2006 para las series hidrológicas de Alto Anchicayá, Digua, Salvajina y Calima.

11. Que la empresa EGETSA S.A. E.S.P., mediante comunicación EE-0112-02-07 del 19 de febrero de 2007, reportó al CNO la información histórica del año 2006 para la serie hidrológica de Prado.

12. Que el Subcomité Hidrológico y de Plantas Hidráulicas, SH y PH, consideró que las anteriores empresas cumplieron satisfactoriamente con el procedimiento de actualización de información hidrológica, establecido por el CNO mediante Acuerdo 159;

13. Que el Comité de Operación en la sesión No. 160 del 19 de abril de 2007 recibió y aprobó toda la información arriba descrita y le recomendó al CNO, mediante concepto CO-82 aprobar las actualizaciones de las series hidrológicas que fueron presentadas, revisadas y avaladas por el SH & PH.

ACUERDA

PRIMERO: Aprobar la actualización del año 2006 de las series hidrológicas de Betania, San Francisco, La Estrella, FaguaCampoalegre (San Eugenio), Campoalegre, Chinchiná, Alto Anchicayá, Digua, Salvajina, Calima, Urrá, Prado, Guavio, San Carlos, San Lorenzo, Miel, Batá, Tunjita, Negro, Rucio, Nare, Guatapé, Guadalupe, Grande, Tenche, Concepción, Porce2 y Porce 3, información que se presenta en el Anexo 1 de este Acuerdo y hace parte integral del mismo.

PARÁGRAFO: La aprobación que se da a través de este acuerdo corresponde al procedimiento estipulado en el acuerdo CNO “159, siendo el agente responsable de cada uno de los valores mensuales que hacen parte de la serie actualizada 2006.

SEGUNDO: Las actualizaciones de que trata el presente Acuerdo, adicionan y complementan las series hidrológicas avaladas mediante Acuerdos CNO anteriores y serán consideradas como las series históricas a ser utilizadas en el planeamiento energético.

TERCERO: El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

El Presidente,

FERNANDO GUTIERREZ MEDINA

El Secretario Técnico,

ALBERTO OLARTE AGUIRRE

ANEXO.

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