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ACUERDO 76 DE 2000
(julio 07)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
<Esta norma no incluye análisis de vigencia>
CONSEJO NACIONAL DE OPERACIÓN – CNO
Por el cual se establece el procedimiento para efectuar la prueba de Consumo Térmico Específico Neto y Capacidad Efectiva Neta en las Plantas Térmicas del Sistema Interconectado Nacional
EL CONSEJO NACIONAL DE OPERACIÓN
en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas en el Artículo 36 de la Ley 143 de 1994, la Resolución 8-0103 del 2 de febrero de 1995 del Ministerio de Minas y Energía, el Anexo general de la Resolución CREG 025 de 1995 y según lo definido en la reunión No. 131 del 7 de julio de 2000
ACUERDA:
PRIMERO. Las Plantas y Unidades Térmicas deberán efectuar pruebas de Consumo Térmico Específico Neto y Capacidad Efectiva Neta para efectos de cálculo del Cargo por Capacidad.
SEGUNDO. Los aspectos técnicos para realizar la prueba de Consumo Térmico Específico Neto y Capacidad Efectiva Neta, son los definidos en el Anexo 1 al presente Acuerdo. Los formatos a utilizar aparecen en el Anexo No.2.
El procedimiento descrito en este Acuerdo, será válido tanto para reportar la información solicitada en las Resoluciones CREG 047 y 059 de 1999, como para auditar dicha información.
TERCERO. La prueba de Consumo Térmico Específico Neto y Capacidad Efectiva Neta debe realizarse en forma obligatoria dentro de un plazo máximo de tres (3) años, contados a partir de la fecha en la que se realizó la ultima prueba de estos parámetros ante un Auditor aprobado por el CNO. Si el Agente lo considera conveniente, podrá repetir la prueba y se considerará como válida solamente la última realizada ante un Auditor autorizado por el CNO.
Si por alguna razón, un generador no puede realizar las pruebas dentro de estos tres (3) años, tendrá que justificar las causas ante el CNO. Si el CNO considera injustificable la no realización de la prueba, lo informará a la CREG. De considerarlo justificable, para efectos de cálculo del Cargo por Capacidad, se utilizará el último valor oficial de Consumo Térmico Específico Neto y Capacidad Efectiva Neta declarado.
CUARTO. La prueba deberá ser realizada por una firma auditora, ajena a los intereses particulares de las empresas involucradas en la prueba. El Consejo Nacional de Operación -CNO-, será la entidad encargada de seleccionar de una lista de firmas auditoras, las empresas autorizadas para realizar la prueba. Esta selección se llevará a cabo con base en el Documento de Selección aprobado por este mismo Organismo. En caso de que el CNO apruebe varios Auditores para realizar las pruebas, los Agentes no podrán realizar dos pruebas consecutivas ante un mismo Auditor.
El generador térmico que no cumpla la totalidad de los requerimientos que estipula el procedimiento será tratado como si no hubiera efectuado la prueba.
QUINTO. El Consumo Térmico Específico Neto y la Capacidad Efectiva Neta de las plantas o unidades nuevas, o que pretendan reincorporarse al mercado mayorista cuando dicha reincorporación requiera Pruebas de Recepción, serán calculados por el Auditor con base en las Pruebas de Recepción de las unidades, teniendo en cuenta las condiciones y correcciones establecidas en el Anexo 1 de este documento. Se aceptarán las Pruebas de Recepción, siempre y cuando, durante la realización de las mismas, se registren todas las variables exigidas en el Anexo 1 de este Acuerdo.
Los parámetros calculados por el Auditor con base en Pruebas de Recepción, solamente serán válidos para la corrida del Cargo por Capacidad del mismo año en que se realizaron las mismas, el año siguiente, se deberá efectuar la prueba de acuerdo al procedimiento establecido en el Anexo 1 de este Acuerdo.
Para las plantas nuevas que no hayan entrado en operación comercial antes de la corrida del Cargo por Capacidad y que no hayan realizado aún su prueba de Recepción, se les aceptarán para dicha corrida, los valores de Consumo Térmico Específico Neto y Capacidad Efectiva Neta garantizados por el fabricante, siempre y cuando estén avalados por un Auditor aprobado por el CNO, quién ajustará los valores teóricos a las condiciones establecidas en el Anexo 1 de este documento.
SEXTO. Los costos directos atribuibles a una prueba de Consumo Térmico Específico Neto y Capacidad Efectiva Neta, son sufragados por el dueño o representante de la planta ante el SIC.
SÉPTIMO. Los aspectos operativos y comerciales de la generación de plantas en etapa de pruebas seguirán los criterios establecidos en la Resolución 121 de 1998, en el Acuerdo 39 del CNO de 1999 y en aquellas que la sustituyan o modifiquen.
OCTAVO. Cualquier agente generador podrá estar presente, sin interferir en la prueba, como observador, en la realización de dicha prueba en cualquier planta ajena a su propiedad. Los costos de desplazamiento correrán por cuenta de la empresa interesada en observar la realización de la prueba, y deberá notificar al propietario y/o operador de la planta 48 horas antes de ésta.
NOVENO. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha y modifica al Acuerdo 26 del CNO
El Presidente,
OMAR SERRANO R.
El Secretario Técnico,
GERMÁN CORREDOR A.
1. Generalidades
La prueba para determinar la Capacidad Efectiva Neta y el Consumo Térmico Específico Neto de las plantas térmicas del Sistema Interconectado Nacional, se hace de acuerdo con los procedimientos establecidos en este documento.
1.1 Alcance de la prueba
Como resultado de esta prueba se obtendrán los valores de la Capacidad Efectiva Neta y el Consumo Térmico Específico Neto de las unidades de generación térmica del Sistema Interconectado Nacional.
1.2. Definiciones
Eficiencia: Es la relación en porcentaje que existe entre la energía eléctrica producida y la energía térmica del combustible que se utiliza para producirla.
n (%) = (kWhe/kWht)x100
donde
n (%) Eficiencia
kWhe (kWh) Cantidad de energía eléctrica generada
kWht (kWh) Cantidad de energía térmica del combustible suministrado
Eficiencia Neta: Es la eficiencia que se calcula aplicando la fórmula anterior, midiendo la energía eléctrica generada en la frontera comercial del generador. Cuando se cuenta con más de una frontera comercial, la cantidad de energía eléctrica generada será la suma de la energía eléctrica generada en las diferentes fronteras comerciales.
Consumo Térmico Específico. Es otra forma de expresar la eficiencia de una unidad de generación térmica, en términos de la cantidad de calor del combustible requerido para generar un kilovatio-hora.
HR = Qa/kWhe
Donde,
HR Consumo Térmico Específico (Heat Rate), Btu/kWh
Qa calor agregado al ciclo térmico en forma de combustible, Btu
KWhe energía eléctrica generada
Consumo Térmico Especifico Neto. Es el Consumo Térmico Específico que se calcula aplicando la fórmula anterior, midiendo la energía eléctrica generada en la frontera comercial del generador. Cuando se cuenta con más de una frontera comercial, la cantidad de energía eléctrica generada será la suma de la energía eléctrica generada en las diferentes fronteras comerciales.
Poder Calorífico del Combustible. Es el contenido energético de un combustible, es decir, la cantidad de energía calórica en un volumen o masa de combustible dado. Se expresa usualmente en Btu/PC, kcal/PC, kcal/kg o Btu/Lb.
Poder Calorífico Superior o Bruto (High Heating Valué, HHV) y Poder Calorífico Inferior o Neto (Low Heating Valué, LHV).
El Poder Calorífico Superior o Bruto (High Heating Valué, HHV), es la cantidad de energía transferida como calor en la reacción de combustión donde todos los productos de combustión son enfriados a 60 oF y el agua producto de la reacción ha sido condensada.
El Poder Calorífico Inferior o Neto (Low Heating Valué, LHV), es la cantidad de energía transferida como calor en la reacción de combustión pero el agua que se forma en la combustión permanece en la fase vapor. Para calcular el Consumo Térmico Específico Neto se considerará el Poder Calorífico Inferior (LHV) del combustible.
La diferencia entre los dos valores anteriores es esencialmente el calor latente de evaporación del vapor de agua que se encuentra en los gases de escape, que incluye el agua presente en el combustible y la que se produce por la combustión del hidrógeno.
Pruebas de Recepción. Son las pruebas efectuadas a una unidad o planta de generación, previas a la declaración de entrada en operación comercial.
2. Procedimiento para realizar las pruebas de Consumo Térmico Específico Neto y Capacidad Efectiva Neta de las centrales térmicas
2.1. Documentos de la Prueba
La información básica referente a la prueba, la información general sobre la planta, las mediciones realizadas y los resultados obtenidos, serán consignados en tres documentos básicos:
- Informe de Pruebas de Consumo Térmico Específico Neto y Capacidad Efectiva Neta.
- Protocolo de Pruebas de Consumo Térmico Específico Neto y Capacidad Efectiva Neta.
- Anexos
Se utilizará el Protocolo de Pruebas correspondiente al combustible que se use en cada central: gas, combustible líquido o carbón.
2.1.1. Informe de Pruebas
En el Informe de Pruebas se consignará el nombre de la planta, propietario u operador, fecha de la prueba y nombre de los representantes del Agente y de la Auditoría que participaron en la ejecución de la prueba, en las mediciones y en la toma de muestras de combustible.
Se hará un breve resumen del desarrollo de la prueba en cuanto a la hora en que se realizó en cada unidad, carga de las máquinas, tiempo de estabilización a carga constante, etc.
Se anotarán los resultados de las pruebas en términos de eficiencia (en porcentaje) y consumo térmico específico neto (Btu/kWh) así como capacidad efectiva neta (kW), corregidos a las condiciones de temperatura ambiente media multianual, humedad relativa media multianual (en caso de turbinas de gas con enfriador evaporativo), factor de potencia y presión de referencia (en caso de que la presión base de los medidores de gas difieran de la presión a la cual se mide el poder calorífico). En las centrales a vapor solamente se hará la corrección por factor de potencia.
Se consignarán las observaciones particulares a que haya lugar.
2.1.2. Protocolo de Pruebas
Se utilizará un formato para cada unidad de la central y para cada combustible utilizado en las pruebas.
El formato consta de las siguientes secciones:
A. Información general
B. Datos tomados durante las pruebas
C. Datos de diseño y garantía
D. Resultados de las pruebas
E. Anexos.
A. Información General
En este campo se llenarán los datos generales sobre cada unidad. Es deseable que la Auditoría tenga la información aquí incluida con anterioridad a las pruebas, con el fin de disminuir el tiempo necesario en el sitio.
Se anotarán el nombre de la central, número de la unidad, fecha de la prueba, nombre del propietario u operador y localización de la central.
Para las centrales que operan con gas o con combustible líquido se indicará si la unidad es turbina de gas en ciclo simple, en ciclo combinado, en ciclo STIG o si es turbina de vapor. Para las turbinas de gas se indicará si tiene enfriador evaporativo o no. Se anotará el fabricante de la turbina, modelo y fecha de iniciación de la operación comercial, así como el fabricante del generador, capacidad, voltaje y factor de potencia de diseño.
Se anotarán las capacidades bruta (en bornes de generador) y neta (en bornes de alta tensión del transformador principal), tanto nominal como la efectiva que la unidad puede generar en el momento de la prueba, así como el total de horas acumuladas de operación y las transcurridas desde el último mantenimiento mayor hasta el día de la prueba. Además, para las turbinas de gas, se anotarán la temperatura y la humedad relativa medias multianuales de la estación del IDEAM más próxima a la central, así como la altura sobre el nivel del mar.
Se incluirán los datos de los instrumentos de medición que serán utilizados para la prueba, tanto los contadores de energía eléctrica como los medidores de combustible. Para cada instrumento se anotará la marca, tipo, número de serie, clase y precisión así como la fecha del certificado de calibración más reciente.
En lo que se refiere a grado de precisión, calibración y certificación de los contadores de energía eléctrica, en todas las centrales se debe dar cumplimiento a lo dispuesto en el Código de Medida (Numeral A.2.2 del Anexo CM- 1) o a los acuerdos establecidos entre el SIC y cada central.
Los medidores de flujo de gas natural podrán ser de tipo orificio o de turbina. El máximo error aceptable en la medición será el establecido en el Reglamento Único de Transporte de Gas Natural por Redes, RUT. La fecha de verificación de calibración de dichos contadores, no podrá ser mayor a 45 días.
Las centrales que operan con combustible líquido deberán tener medidores de tipo orificio, Venturi o volumétricos de desplazamiento positivo, con un error máximo de ±0.5%, según lo estipulado en las normas ASME PTC 22 e ISO 2314. La fecha de verificación de calibración de los contadores de combustible líquido, no podrá ser mayor a 45 días.
Las centrales de carbón que estén en condiciones de realizar las mediciones de consumo de combustible con alimentadores de tipo gravimétrico que cumplan con la norma ASME PTC 19.5.1, deberán adjuntar al procedimiento un certificado de calibración de los dispositivos de medición del carbón, proveniente de un Instituto homologado por la Superintendencia de Industria y Comercio.
Las centrales de carbón que no cuenten con alimentadores gravimétricos, podrán utilizar el método de la “Tolva Llena" para medir la cantidad de carbón consumido durante la prueba. Este método consiste en determinar al inicio de la prueba un nivel de referencia en la tolva, en el cual se rasa el material homogéneamente. Se suspende la alimentación a la tolva y se da inicio a la prueba.
Una vez terminada la misma, se suspende la alimentación al pulverizador de carbón y se repone la cantidad de combustible faltante hasta el nivel inicial de referencia, haciendo simultáneamente el pesaje, mediante una báscula instalada en la banda transportadora. La medida resultante en la báscula será equivalente al carbón consumido durante la prueba.
Con el fin de garantizar una óptima aplicación del método de “Tolva Llena”, el Auditor debe tener en cuenta los siguientes aspectos:
- El nivel inicial de referencia, debe garantizar el suministro de carbón durante toda la prueba.
- Tomar las muestras de carbón en la descarga de la tolva, antes de pasar al alimentador. En el caso de las plantas que no tienen forma de tomar la muestra del carbón que está entrando a los alimentadores, deberán tomar muestras durante el llenado inicial de las tolvas, con el fin de garantizar que el carbón que se envíe para análisis en el laboratorio corresponda al consumido durante la prueba.
- Controlar que el carbón suministrado a las tolvas, sea triturado previamente y posea un tamaño uniforme.
- Garantizar que no exista alimentación a la tolva mientras se realiza la prueba.
- Verificar durante el llenado de reposición que el carbón tenga la misma característica física (contenido de ceniza y distribución granulométrica) que el consumido durante la prueba.
- Comprobar que la báscula instalada en el sistema de transporte de carbón posea un certificado de calibración proveniente de un Instituto homologado por la Superintendencia de Industria y Comercio.
- Confirmar que el nivel de referencia en las tolvas sea el mismo al inicio y al final de la prueba.
- Verificar que los alimentadores de carbón que suministran combustible para la prueba, sean detenidos al finalizar la prueba.
- Cotejar para efectos de calculo, los datos iniciales y finales de pesado en la báscula.
B. Datos tomados durante la prueba
La prueba realizadas con combustibles gaseosos o líquidos tendrán una duración de una hora y se tomarán las siguientes lecturas:
i) Valores instantáneos
Se tomarán las siguientes lecturas instantáneas con intervalos de diez minutos:
- Temperatura ambiente, medida con un termómetro de columna de mercurio que tenga una precisión de ± 0,5 0C (Norma ISO 2314), instalados a la sombra y próximos a la toma de aire del compresor. Esta medición se efectúa solamente en el caso de las turbinas de gas.
- Humedad relativa, medida con un psicrómetro de doble termómetro de columna de mercurio y precisión de ± 0,5 0C. Esta medición se efectúa únicamente en las turbinas de gas que cuentan con enfriador evaporativo.
- Generación, MW o kW en bornes del generador. Esta medición se toma solamente para controlar que la carga de la unidad permanezca constante (la desviación máxima de la carga con relación al promedio de la hora será de ± 5% durante la prueba, de acuerdo con la norma ANSI/ASME PTC 22) y no es utilizada en los cálculos de consumo térmico específico. Se utiliza el vatímetro propio de la unidad en prueba.
- Flujo volumétrico de gas o de combustible líquido (en pies cúbicos por hora o en galones por minuto, respectivamente). Esta medición también se toma como control de que la unidad haya operado a carga constante durante la hora de prueba. Se utiliza el medidor de flujo, que deberá tener una precisión de ± 1% en el caso de medición de gases, de acuerdo con lo estipulado en el RUT y en la Norma Internacional ANSI 2314, o de ± 0.5% en la medición de combustibles líquidos, según normas ASME PTC 22 e ISO 2314.
- Factor de potencia (cos ), usando el medidor propio del generador. En caso de no poderse efectuar directamente esta lectura, se tomarán los datos de potencia activa y reactiva y se calculará el factor de potencia correspondiente.
Los termómetros y los psicrómetros con los que se realice la prueba deben permitir medir las temperaturas de bulbo seco y bulbo húmedo, y calcular la humedad relativa. Estos instrumentos deberán tener un certificado de calibración expedido por la Superintendencia de servicios Públicos -SSP-.
En el caso de las centrales a carbón que estén en condiciones de realizar las mediciones de consumo de combustible con alimentadores de tipo gravimétrico, la prueba tendrá una duración de mínimo una hora y los datos instantáneos se tomarán cada diez minutos.
En el caso de las centrales a carbón que recurran al método de la “Tolva Llena", la prueba tendrá una duración de mínimo cuatro horas y los datos instantáneos se tomarán cada treinta minutos.
ii) Valores acumulados
Se utilizará un Método Directo para calcular el Consumo Térmico Específico Neto. Este método considera cada unidad térmica de generación como un sistema “Input-Output” o tipo “caja negra”, es decir, se medirá la energía del combustible a la entrada de la unidad generadora y la correspondiente energía entregada por ella a la red del Sistema Interconectado Nacional.
Se tomarán los siguientes valores acumulados:
- Se medirá la energía eléctrica neta entregada al Sistema Interconectado Nacional en la frontera comercial, utilizando los instrumentos propios de la planta. Esta energía se medirá tomando las lecturas inicial y final del contador de la unidad y haciendo la diferencia. Si el contador está instalado en la salida de alta tensión del transformador principal, estas lecturas se anotarán en la columna Contador No.1, y el resultado es la energía eléctrica neta. Si el contador está instalado para medir energía generada en bornes de generador y existe un acuerdo legal entre la planta y el Mercado de Energía Mayorista respecto a la medición de energía eléctrica, se tomarán también las lecturas del contador de auxiliares y se anotarán en la columna Contador No.2; y -si fuese necesario- en la columna Contador No. 3. La energía neta será en este caso la diferencia entre las columnas Contador No.1 (generación bruta) y la suma de las columnas Contador No.2 y Contador No.3 (consumo de auxiliares), en estos casos se deberán tener en cuenta las pérdidas del transformador elevador del generador. Las pruebas de Consumo Térmico Específico Neto y Capacidad Efectiva Neta se realizarán a plena carga y durante la prueba deberán estar en funcionamiento todos los equipos auxiliares propios de la unidad que sean necesarios para su operación, incluyendo aquellos servicios auxiliares tales como iluminación de las áreas de operación y aire acondicionado de la sala de control. En las centrales que tengan más de una unidad, la prueba debe realizarse estando los auxiliares alimentados del sistema propio de esa unidad, en lo posible teniendo abierto el interruptor de acople entre barrajes de auxiliares de diferentes unidades. En caso de no contar con dicho interruptor, se distribuirán las cargas proporcionalmente a las capacidades efectivas netas de las unidades.
- El consumo de combustible en el mismo período se medirá tomando las lecturas inicial y final en el medidor correspondiente, según el combustible que se haya utilizado durante la prueba. Esta medición (en pies cúbicos para el gas, galones para combustibles líquidos o kilogramos para el carbón) del combustible consumido en el período será la que se utilizará para los cálculos.
Cuando los contadores posean un software que permita la lectura automática de las mediciones, deben ser estos los valores oficiales de la prueba, ya que son más exactos (generalmente 3 cifras decimales) que los leídos físicamente por el Auditor.
La hoja de Datos Tomados Durante la Prueba (Formato 2 de 3) será firmada por el representante del Propietario u Operador de la central y por el representante de la Auditoría.
C. Datos de diseño y garantía
En esta sección se anotarán los datos originales de diseño y garantía en lo que respecta a capacidad de la unidad en kW, anotando si se trata de capacidad neta o bruta, consumo térmico específico (Heat Rate) en Btu/kWh, anotando igualmente si es bruto o neto, así como las condiciones del sitio (temperatura ambiente y humedad relativa) estipuladas para los valores garantizados. Esta información servirá como referencia para el análisis de resultados.
D. Resultados de las pruebas
En esta sección del formato se anotarán los datos medidos de combustible consumido durante el período de la prueba y la generación eléctrica neta en kWh. Se anotará el poder calorífico inferior (LHV) del combustible, que será el promedio aritmético de los resultados obtenidos según los análisis realizados a las muestras. Las muestras de gas y combustibles líquidos, serán tomadas al inicio y al final de la prueba. La toma de muestras será supervisada por un representante de la Auditoría, y el método de muestreo estará de acuerdo con las normas ASME PTC 3.3, Combustibles Gaseosos, ASME PTC 3.1, Combustibles Líquidos, o ASTM 2234 y 2013 para muestreo y preparación de muestras de carbón, según sea el caso.
Los análisis de las muestras no podrán provenir de los laboratorios propios de las centrales, si no que deberán ser enviadas por el operador de la planta a un laboratorio homologado por las autoridades competentes y aprobado por el CNO para su análisis.
El Auditor vigilará la toma de las muestras pero es responsabilidad del agente el remitirlas al laboratorio para su análisis. Los resultados de los análisis deberán ser remitidos directamente por el laboratorio respectivo al Auditor.
Para el caso del gas, el Informe de laboratorio deberá especificar lo siguiente:
- Análisis cromatográfico en porcentaje volumétrico o molar que incluya el contenido de hidrocarburos (metano, etano, propano, isobutano, n-butano, isopentano, n- pentano, hexano y heptano), oxígeno, nitrógeno, dióxido de carbono y ácido sulfhídrico (H2S)
- Peso molecular
- Gravedad específica
- Poderes calorífico bruto y neto (HHV y LHV).
Para el carbón, los análisis de laboratorio deberán ser efectuados a muestras del carbón tal como se quemó (“as burned”) y el Informe deberá especificar lo siguiente:
- Análisis próximo según norma ANSI/ASME D3172
- Análisis último según norma ANSI/ASME D3176
- Poderes caloríficos bruto y neto (HHV y LHV).
El informe de laboratorio de las pruebas que se le deben realizar a los combustibles líquidos deberá especificar por lo menos lo siguiente:
- Composición química, en especial el contenido de hidrógeno, según Norma ASTM D1018
- Densidad y gravedad específica, según Norma ASTM D1480
- Poder calorífico bruto (HHV) según Norma ASTM D 2382
- Poder calorífico neto (LHV) calculado a partir del bruto y del contenido de hidrógeno.
El consumo térmico específico neto y la capacidad neta calculados con estos datos serán corregidos así:
Corrección por temperatura ambiente: Para el caso de las turbinas de gas se calculará el factor de corrección usando las curvas del fabricante, para hacer el ajuste de consumo térmico específico y la capacidad desde la temperatura ambiente promedio medida durante la prueba hasta la temperatura media multianual según certificación del IDEAM para la estación más cercana a la planta. A las plantas de vapor no se les aplicará este factor de corrección.
Corrección por humedad relativa: Solamente para el caso de las turbinas de gas que tengan enfriador evaporativo se calculará este factor de corrección usando las curvas del fabricante, para hacer el ajuste de consumo térmico específico y la capacidad desde la humedad relativa promedio medida durante la prueba hasta la humedad relativa media multianual según certificación del IDEAM para la estación más cercana a la planta.
Corrección por factor de potencia: El factor de potencia durante la prueba deberá ser, preferiblemente el valor de diseño de los generadores. Si el factor de potencia promedio medido durante la prueba es diferente, se calculará el correspondiente factor de corrección desde el valor medido hasta el valor de diseño de los generadores, utilizando las curvas de los fabricantes de los generadores y de los transformadores tanto para el consumo térmico específico neto como para la capacidad neta.
Corrección por Frecuencia en la red. En caso que la variación de frecuencia en la red del Sistema Interconectado Nacional sea mayor a ± 1%, según reporte del CND o CRD, se hará la corrección pertinente según las curvas del fabricante, las cuales serán anexadas al protocolo.
Corrección por presión. En caso de que la presión base de los computadores de flujo de los medidores de gas, difiera de la presión a la cual se mide el poder calorífico del gas por parte del Instituto Colombiano del Petróleo -ICP- u otro ente homologado, se corrige el volumen de gas medido en la planta a las condiciones de presión que utiliza el laboratorio en cuestión.
La información para efectuar las correcciones por factor de potencia y frecuencia de la red, se deberá anexar al protocolo de pruebas y en caso de no estar disponible, el Auditor realizará los correspondientes ajustes, los cuales deberán ser aceptados por el operado o el dueño de la planta.
El consumo térmico específico neto corregido y la capacidad neta corregida, que serán los datos oficiales presentados al CNO, son respectivamente el consumo térmico específico neto y la capacidad neta medidos, multiplicados por el producto de los anteriores factores de corrección. Los cálculos respectivos serán realizados por el Auditor en sus oficinas una vez reciba los resultados de los análisis de combustible.
E. Anexos
Para cumplir con los estándares del protocolo, será obligatorio anexar los siguientes documentos:
- Diagrama unifilar simplificado indicando el punto de medición de la energía neta generada.
- La información general de cada unidad, de acuerdo con la Sección A del formato de Protocolo (Hoja 1 de 3).
- Acta de verificación de calibración de los equipos de medición de combustibles.
- Para las turbinas de gas, curvas de corrección del consumo térmico específico y de la capacidad de la turbina por variaciones de temperatura ambiente y humedad relativa.
- Para las turbinas de gas, certificación del IDEAM de la temperatura ambiente y humedad relativa medias multianuales, y las respectivas curvas de corrección del consumo térmico específico y de la capacidad de la turbina por variaciones de temperatura ambiente y humedad relativa.
- Resultados de los análisis de combustible efectuados por el respectivo laboratorio autorizado.
Es deseable además contar con la siguiente información:
- Diagrama que muestre el sistema de medición del combustible, indicando la localización del elemento de medición de flujo (orificio, turbina, Venturi, medidor de desplazamiento positivo, alimentador de carbón, báscula en banda transportadora, etc.) así como los instrumentos asociados (manómetros, termómetros, transmisores, etc.).
- Curvas del fabricante para corrección por Frecuencia en la red.
- Curvas de corrección por variaciones en el factor de potencia, para el generador y transformador.
- Datos de diseño y garantía de cada unidad, de acuerdo con la Sección C del formato de Protocolo.
- Podrán también anexarse los documentos que, a juicio del Auditor, contribuyan a dar claridad al informe.
- En las centrales de carbón, curva de calibración de Peso contra Densidad del carbón.
FORMATOS
GAS NATURAL
FORMATO 1 DE 3
PROTOCOLO DE PRUEBA DE CONSUMO TERMICO ESPECÍFICO NETO Y CAPACIDAD NETA CENTRALES A GAS | |||||||||
A. INFORMACIÓN GENERAL | |||||||||
Central | Unidad No. | Fecha de la prueba | |||||||
Propietario/Operador | Fecha de la prueba | ||||||||
Tipo de | Turbogás-Ciclo Simple | Turbogás - STIC | si | ||||||
Central | Enfriador Evaporativo | ||||||||
Turbogás-Ciclo Combinado | Turbina de Vapor | No | |||||||
TURBINA | Fabricante | Modelo | Inicio Operación Comercial | ||||||
CAPACIDAD, kW | Bruta | Neta | Condiciones del sitio (IDEAM) | ||||||
Nominal | Temperatura media multianual, oC | ||||||||
Efectiva actual | Humedad relativa multianual, % | ||||||||
Horas | Totales | Desde último mant. mayor | Altura sobre nivel del mar, m | ||||||
Operación | |||||||||
GENERADOR | Fabricante | Capacidad, kVA | Voltaje, V | Cos | |||||
INSTRUMENTOS DE MEDICIÓN | Marca | Tipo | No. de serie | Precisión | Clase | Fecha última calibración | |||
Contador No. 1 | |||||||||
Contador No. 2 | |||||||||
Contador No. 3 | |||||||||
Medidor de gas |
FORMATO 2 DE 3
PROTOCOLO DE PRUEBA DE CONSUMO TÉRMICO ESPECÍFICO NETO Y CAPACIDAD NETACENTRALES A GAS | |||||
Central | Unidad No. | Fecha de la prueba | |||
B. DATOS TOMADOS DURANTE LA PRUEBA | |||||
1. VALORES INSTANTÁNEOS | |||||
HORA | TEMP.AMB. oC | HUM. RELAT.% | GENERACIÓN MW | FLUJO DE GAS ft3/h | cos () |
Promedio | |||||
2. VALORES ACUMULADOS | |||||
HORA | Lectura | Contador No. 1 kWh | Contador No. 2 kWh | Contador No. 3 kWh | Gas ft3 |
Inicial | |||||
Final | |||||
Diferencia | |||||
Por el Propietario/Operador | Por la Auditoria |
FORMATO 3 DE 3
PROTOCOLO DE PRUEBA DE CONSUMO TÉRMICO ESPECÍFICO NETO Y CAPACIDAD NETACENTRALES A GAS | |||
Central | Unidad No. | Fecha de la prueba | |
C. DATOS DE DISEÑO Y GARANTÍA | |||
Valores garantizados en el sitio | Condiciones del sitio para garantía | ||
Capacidad, kW | Temperatura ambiente, oC | ||
Heat rate, Btu/kWh | Humedad relativa, % | ||
D. RESULTADOS DE LA PRUEBA | |||
Volumen de gas consumido durante la prueba, ft3 | |||
Poder calorífico inferior (LHV) del gas, Btu/ft3 | |||
Energía neta generada durante la prueba, kVVh | |||
Consumo térmico específico (Heat Rate) medido, Btu/kWh | |||
Factores para Heat Rate | Factores para Capacidad | ||
Factores de | Por temperatura ambiente | ||
Corrección | Por humedad relativa | ||
Por factor de potencia | |||
TOTAL | |||
Consumo térmico específico (Heat Rate) corregido, Btu/kWh | |||
Capacidad corregida, kW | |||
OBSERVACIONES | |||
Por la Auditoria |
CARBON
FORMATO 1 DE 3
PROTOCOLO DE PRUEBA DE CONSUMO TÉRMICO ESPECÍFICO NETO Y CAPACIDAD NETACENTRALES A CARBÓN | |||||||
A. INFORMACIÓN GENERAL | |||||||
Central | Unidad No. | Fecha de la prueba | |||||
Propietario/Operador | Localización | ||||||
TURBINA | Fabricante | Modelo | Inicio Operación Comercial | ||||
CALDERA | Fabricante | Sistema de medición de carbón | |||||
En banda | Tipo gravimétrico | ||||||
En alimentador | Tipo volumétrico | ||||||
CAPACIDAD, kW | Bruta | Neta | Horas de Operación | ||||
Nominal | Totales | Desde último mantenimiento mayor | |||||
Efectiva actual | |||||||
GENERADOR | Fabricante | Capacidad, kVA | Voltaje, V | Cos () | |||
INSTRUMENTOS DE MEDICIÓN | Marca | Tipo | No. de serie | Precisión | Clase | Fecha última calibración | |
Contador No. 1 | |||||||
Contador No. 2 | |||||||
Contador No. 3 | |||||||
Medición de carbón |
FORMATO 2 DE 3
PROTOCOLO DE PRUEBA DE CONSUMO TERMICO ESPECÍFICO NETO Y CAPACIDAD NETA CENTRALES A CARBÓN | ||||||
Central | Unidad No. | Fecha de la prueba | ||||
B. DATOS TOMADOS DURANTE LA PRUEBA | ||||||
1. VALORES INSTANTÁNEOS | ||||||
HORA | GENERACIÓN MW | FLUJO DE COMBUSTIBLE kg/h | cos () | |||
Promedio | ||||||
2. VALORES ACUMULADOS | ||||||
HORA | Lectura | Contador No. 1 kWh | Contador No. 2 kWh | Contador No. 3 kWh | Combustible kg | |
Inicial | ||||||
Final | ||||||
Diferencia | Diferencia | |||||
Por el Propietario/Operador | Por la Auditoria |
FORMATO 3 DE 3
PROTOCOLO DE PRUEBA DE CONSUMO TERMICO ESPECÍFICO NETO Y CAPACIDAD NETA CENTRALES A CARBÓN | ||
Central | Unidad No. | Fecha de la prueba |
C. DATOS DE DISEÑO Y GARANTÍA | ||
Valores garantizados en el sitio | Condiciones del sitio para garantía | |
Capacidad, kW | Temperatura ambiente, oC | |
Heat rate, Btu/kWh | Humedad relativa, % | |
D. RESULTADOS DE LA PRUEBA | ||
Combustible consumido durante la prueba, kg | ||
Poder calorífico inferior (LHV), kcal/kg | ||
Energía neta generada durante la prueba, kWh | ||
Consumo térmico específico (Heat Rate) medido, Btu/kWh | ||
Heat Rate | Capacidad | |
Factor de corrección por factor de potencia | ||
Consumo térmico específico (Heat Rate) corregido, Btu/kWh | ||
Capacidad corregida, kW | ||
OBSERVACIONES | ||
Por la Auditoría |
COMBUSTIBLES LÍQUIDOS
FORMATO 1 DE 3
PROTOCOLO DE PRUEBA DE CONSUMO TERMICO ESPECÍFICO NETO Y CAPACIDAD NETA CENTRALES A COMBUSTIBLE LÍQUIDO | |||||||||
A. INFORMACIÓN GENERAL | |||||||||
Central | Unidad No. | Fecha de la prueba | |||||||
Propietario/Operador | Localización | Tipo de combustible | |||||||
Tipo | Turbogás-Ciclo Simple | Turbogás-STIG | Si | ||||||
de | Enfriador Evaporativo | ||||||||
Central | Turbogás-Ciclo Combinado | Turbina de Vapor | No | ||||||
TURBINA | Fabricante | Modelo | Inicio Operación Comercial | ||||||
CAPACIDAD, kW | Bruta | Neta | Condiciones del sitio (IDEAM) | ||||||
Nominal | Temperatura media multianual, oC | ||||||||
Electiva actual | Humedad relativa multianual, % | ||||||||
Horas | Totales | Desde último mant. mayor | Altura sobre nivel del mar, m | ||||||
Operación | |||||||||
GENERADOR | Fabricante | Capacidad, kVA | Voltaje, V | Cos () | |||||
INSTRUMENTOS DE MEDICIÓN | Marca | Tipo | No. de serie | Precisión | Clase | Fecha última calibración | |||
Contador No. 1 | |||||||||
Contador No. 2 | |||||||||
Contador No. 3 | |||||||||
Medidor de combustible |
FORMATO 2 DE 3
PROTOCOLO DE PRUEBA DE CONSUMO TÉRMICO ESPECÍFICO NETO Y CAPACIDAD NETA CENTRALES A COMBUSTIBLE LÍQUIDO | |||||
Central | Unidad No. | Fecha de la prueba | |||
B. DATOS TOMADOS DURANTE LA PRUEBA | |||||
1. VALORES INSTANTÁNEOS | |||||
HORA | TEMP.AMB. oC | HUM. RELAT. % | GENERACIÓN MW | FLUJO DE COMBUSTIBLE gal/min | cos () |
Promedio | |||||
2. VALORES ACUMULADOS | |||||
HORA | Lectura | Contador No. 1 kWh | Contador No. 2 kWh | Contador No. 3 kWh | Combustible gal |
Inicial | |||||
Final | |||||
Diferencia | |||||
Por el Propietario/Operador | Por la Auditoría |
FORMATO 3 DE 3
PROTOCOLO DE PRUEBA DE CONSUMO TÉRMICO ESPECÍFICO NETO Y CAPACIDAD NETACENTRALES A COMBUSTIBLE LÍQUIDO | |||
Central | Unidad No. | Fecha de la prueba | |
C. DATOS DE DISEÑO Y GARANTÍA | |||
Valores garantizados en el sitio | Condiciones del sitio para garantía | ||
Capacidad, kW | Temperatura ambiente, oC | ||
Heat rate, Btu/kWh | Humedad relativa, % | ||
D. RESULTADOS DE LA PRUEBA | |||
Volumen de combustible consumido durante la prueba, gal | |||
Poder calorífico inferior (EHV) del combustible, Btu/gal | |||
Energía neta generada durante la prueba, kWh | |||
Consumo térmico específico (Heat Rate) medido, Btu/kWh | |||
Factores para Heat Rate | Factores para Capacidad | ||
Factores | Por temperatura ambiente | ||
de | Por humedad relativa | ||
Corrección | Por factor de potencia | ||
TOTAL | |||
Consumo térmico específico (Heat Rate) corregido, Btu/kWh | |||
Capacidad corregida, kW | |||
OBSERVACIONES | |||
Por la Auditoría |